dilluns, 10 de novembre del 2008

ARTICULO REVISTA GIDONA (Octubre 2008)

Acciones por parte de ADICC,associació Dones per la igualtat i la custòdia compartida.
A raiz del artículo publicado en el número de octubre de la revista GIDONA,que se distribuye en Girona y provincia,que podreis leer a continuación.
Hicimos llegar mail a la revista mostrando nuestra queja,ya que no refleja la realidad,en la que se encuentran los padres no custódios,solicitando que nos dieran opción a réplica,por lo que,pedimos que les enviarais mails explicando vuestras experiencias y situaciones a raiz de vuestra separación.
Por ese motivo y habiendo recibido vuestros mails,la revista se ha puesto en contacto con nosotras,para expresarnos,que el artículo está bajo la responsabilidad de las abogadas que lo firman(que siguen a continuación)y que nos ofrecen la opción a réplica,por lo que ya está en manos de un reconocido abogado penalista,que colabora con Adicc.
Esta réplica,será publicada en nuestro blog y en la revista GIDONA(en breve).
PENSION DE ALIMENTOS EN CASO DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
(artículo traducido al castellano)
Hazte respetar! Abogados
Por:
Susanna Castellví Sarbakshe(Abogada mediadora familiar).
MªAngels Ragolta Palet(Abogada especialista en familia).
Entendemos por alimentos todo aquello que es indispensable para el sustento,es decir,comida,alojamiento,vestido,asistencia médica,educación...El padre o la madre que no tiene la guarda de los hijos está obligado a contribuir en su sustento.
la cuantía de la pensión para los alimentos que este deberá pagar irá en función de dos factores:
-Los ingresos que tiene la persona que está obligada a abonarla.
-Las necesidades de la persona que las recibirá.
La legislación vigente no prevee ningun baremo obligatorio en el que el juez se pueda basar a la hora de establecer la pensión que se habrá de pagar en cada caso.Por tanto,esta cantidad deberá de establecerse en función de la realidad de cada caso.De todas formas y de mediana,la cantidad de una pensión suele rondar los 300€uros de media.
La cantidad de la pensión que se fijará no será indefinida,permanente,sino que ésta podrá incrementarse o verse reducida en función de las necesidades del beneficiario,que en este caso son los hijos o las hijas y también en relación al aumento o disminución de los recursos económicos de la persona que está obligada al pago.
CUANDO ACABA LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Esta obligación acaba cuando el menor es económicamente independiente.Eso quiere decir que si cuando el hijo cumple la mayoria de edad no tiene recursos económicos suficientes para valerse por sí mismo porque,por ejemplo,todavia está estudiando,continuará siendo beneficiario de la pensión de alimentos.
Desgraciadamente cada dia hay más personas que se encuentran con que el progenitor que no tiene la guarda de los hijos no paga la pensión.Este es un delito que está en alza.
Desde el 2005,año en que se aprovó la denominada "ley del divorcio exprés",el número de divorcios ha aumentado considerablemente,en un 75%.La estadística también nos dice que un 51% de estos matrimonios que se rompen tienen uno o más hijos en común.En muchos casos,estos niños acaban convirtiéndose en las víctimas de otro tipo de violencia:"la violencia económica".
QUE PODEMOS HACER EN LOS CASOS EN QUE SE INCUMPLE EL PAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
El incumplimiento del pago puede ser de diversos tipos y puede tener diversos motivos detrás.A veces lo que pasa es que el progenitor que no tiene la guarda de los hijos se retrasa en su pago.En otros casos este no tiene en cuenta el aumento anual que ha de aplicarse a estas pensiones,que normalmente se calcula en función del aumento del IPC.Y también hay quién no paga esta pensión.Por lo que hace a los motivos,en muchas ocasiones lo que quiere conseguir quién no paga la pensión es simplemente molestar a su expareja,pero en realidad quién sale perjudicado siempre son los hijos.Y es que el incumplimiento de los pagos puede llegar a convertirse en algunos casos en una especie de control y violencia sobre la mujer y los hijos.Estas personas que son víctimas muchas veces no denuncian el incumplimiento de los pagos por el coste que esto les supondría y por el cansancio acumulado respecto a los contínuos impagos y la actitud de la expareja.
Solucionar este problema en algunos casos puede ser complicado.En el caso que el progenitor que incumple el pago tenga una nómina,el pago puede ser más fácil,porque se puede llegar a embargar esa nómina.Pero si se trata de un profesional liberal,que no tiene nómina,este cobro puede ser mucho más complicado.
Para intentar solucionar estos casos más difíciles el Gobierno está estudiando la posibilidad de crear UN FONDO DE GARANTIA DE PENSIONES.A través de este fondo,se podria avanzar una cantidad razonable al progenitor que tiene la guarda de los hijos que permitiria cubrir las necesidades del menor o menores.De esta manera después seria el estado quién reclamaria el dinero al progenitor moroso.
PREGUNTAS
Como se fijan y establecen las pensiones de alimentos?
De mutuo acuerdo y con la pareja siempre que este acuerdo sea posible.Si se llega a un contencioso,será el juez quién establecerá la cantidad a pagar.Lo hará en función de los ingresos,de los gastos generales y de las circunstancias personales del obligado y del beneficiario.
Que pasa con los gastos que no tienen una periodicidad?
Estos gastos se denominan gastos extraordinarios.Hablamos,por ejemplo,de las clases particulares,de las ortodoncias o de las actividades extraescolares.El financiamiento de estos gastos acostumbra a pactarse de mutuo acuerdo entre los dos progenitores.Si este financiamiento se decide de mutuo acuerdo,no es necesario que cada uno de los progenitores se haga cargo de la mitad de cada uno de los gastos extraordinarios.En caso que no se llegue a un acuerdo y que el conflicto llegue a juicio,el juez impone que cada uno de los progenitores se haga cargo del 50% de los gastos extraordinarios.
Hasta cuando está obligado el progenitor que no tiene la guarda de los hijos a pagar esta pensión de alimentos?
Hasta que el hijo sea independiente económicamente.
Tengo un hijo con mi pareja,pero no estamos casados.Que derechos tiene mi hijo?
los mismos que los hijos de una pareja que está casada.
Si no hay acuerdo sobre la cantidad de la pensión que me han de pagar,de que viviremos hasta que el juez fije la cantidad que debemos recibir?
Se pueden pedir unas medidas urgentes.Será el juez quién fijará la pensión de alimentos,el uso de la vivienda y la guarda y custodia de los hijos.