A continuación os enlazo el fragmento del programa "Esta Mañana" de TVE sobre las segundas esposas
http://www.youtube.com/watch?v=L4Kpe2M9ZHs
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dimecres, 1 de juliol del 2009
dijous, 20 de novembre del 2008
Elena Porras eximida de pagar la pensió d'aliments a la filla de la seva parella.
http://www.elpais.com/articulo/cataluna/mujer/eximida/pagar/pension/hija/pareja/elpepuespcat/20081120elpcat_27/Tes
La Audiencia de Girona ha eximido a una mujer de contribuir a pagar la pensión de alimentos de la hija de su pareja, un hombre divorciado. La sentencia revoca otra que dictó el Juzgado de Primera Instancia número 6 de esa ciudad el pasado mes de junio, en la que se aseguraba que los ingresos de la mujer, Elena Porras, servirían para "coadyuvar a la sufragación [sic] de la pensión" de la hija de su pareja, a pesar de que ni siquiera viven juntos.
El juez realizó esas consideraciones en la sentencia de divorcio de los padres de la niña, que otorgó la guarda y custodia de ésta a la madre, estableció un régimen de visitas y fijó una pensión de alimentos, como ocurre en un caso así. El hombre recurrió y ahora la Sección Segunda de la Audiencia de Girona le ha dado la razón en lo que se refiere a la obligación de su nueva pareja de ayudar a costear el pago de la pensión de alimentos de la niña, que tiene cinco años. "Hay que aceptar la queja" del padre, dice el tribunal, y considerar la "imposibilidad de valorar los ingresos que pueda percibir la nueva pareja sentimental para fijar el importe que él ha de pagar como alimentos".
La sentencia reduce la pensión de alimentos de 240 a 180 euros mensuales al considerar la situación económica del padre y razona que se adopta esa medida para asegurar que el hombre pueda afrontar el pago. Y es que la madre tiene unos ingresos más elevados que los de él y paga una hipoteca inferior, recuerdan los jueces. "Las dos aportaciones han de ser sufucientes, por ahora, y ante la imposibilidad del padre de hacer una contribución mayor, para cubrir las necesidades básicas de una niña de cinco años que acude a la escuela pública", dice la Audiencia de Girona.
Elena Porras explicó ayer que los razonamientos de la Audiencia de Girona le parecen coherentes y que tranquilizan a miles de personas que pudieran encontrarse en una situación similar. "Yo no sé qué pintaba en todo eso", dice. Él vive en un piso de su propiedad en Llagostera, y ella, de alquiler en una pequeña vivienda de Platja d'Aro. Es allí adonde acude la niña con su padre los miércoles por la tarde, el día de la semana que la justicia le permite estar con él al margen de los fines de semana alternos y las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano.
A raíz de ese caso, Elena Porras contactó con otras mujeres y crearon la Asociación de Mujeres por la Igualdad y la Custodia Compartida "ADICC", que desde hace unas semanas está llevando a cabo diversas iniciativas a favor de una profunda modificación en la legislación en materia de divorcio. Hoy, con motivo del Día Internacional de los Derechos del Niño, han convocado una concentración frente a los juzgados de familia de Barcelona, junto con otras asociaciones.
La Audiencia de Girona ha eximido a una mujer de contribuir a pagar la pensión de alimentos de la hija de su pareja, un hombre divorciado. La sentencia revoca otra que dictó el Juzgado de Primera Instancia número 6 de esa ciudad el pasado mes de junio, en la que se aseguraba que los ingresos de la mujer, Elena Porras, servirían para "coadyuvar a la sufragación [sic] de la pensión" de la hija de su pareja, a pesar de que ni siquiera viven juntos.
El juez realizó esas consideraciones en la sentencia de divorcio de los padres de la niña, que otorgó la guarda y custodia de ésta a la madre, estableció un régimen de visitas y fijó una pensión de alimentos, como ocurre en un caso así. El hombre recurrió y ahora la Sección Segunda de la Audiencia de Girona le ha dado la razón en lo que se refiere a la obligación de su nueva pareja de ayudar a costear el pago de la pensión de alimentos de la niña, que tiene cinco años. "Hay que aceptar la queja" del padre, dice el tribunal, y considerar la "imposibilidad de valorar los ingresos que pueda percibir la nueva pareja sentimental para fijar el importe que él ha de pagar como alimentos".
La sentencia reduce la pensión de alimentos de 240 a 180 euros mensuales al considerar la situación económica del padre y razona que se adopta esa medida para asegurar que el hombre pueda afrontar el pago. Y es que la madre tiene unos ingresos más elevados que los de él y paga una hipoteca inferior, recuerdan los jueces. "Las dos aportaciones han de ser sufucientes, por ahora, y ante la imposibilidad del padre de hacer una contribución mayor, para cubrir las necesidades básicas de una niña de cinco años que acude a la escuela pública", dice la Audiencia de Girona.
Elena Porras explicó ayer que los razonamientos de la Audiencia de Girona le parecen coherentes y que tranquilizan a miles de personas que pudieran encontrarse en una situación similar. "Yo no sé qué pintaba en todo eso", dice. Él vive en un piso de su propiedad en Llagostera, y ella, de alquiler en una pequeña vivienda de Platja d'Aro. Es allí adonde acude la niña con su padre los miércoles por la tarde, el día de la semana que la justicia le permite estar con él al margen de los fines de semana alternos y las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano.
A raíz de ese caso, Elena Porras contactó con otras mujeres y crearon la Asociación de Mujeres por la Igualdad y la Custodia Compartida "ADICC", que desde hace unas semanas está llevando a cabo diversas iniciativas a favor de una profunda modificación en la legislación en materia de divorcio. Hoy, con motivo del Día Internacional de los Derechos del Niño, han convocado una concentración frente a los juzgados de familia de Barcelona, junto con otras asociaciones.
dijous, 13 de novembre del 2008
ADICC a la premsa
http://www.ciudadanos-cs.org/prensa/Agrupacion_Cs_de_Tarrasa_Custodia_compartida_de_una_vez_por_todas/1181/
Hay una asociación que desde Cataluña promueve la custodia compartida que merece una atención especial, esa asociación es ADICC. Son muchos los colectivos que enarbolan esa bandera que pretende la igualdad ante la ley de hombres y mujeres a la hora de abordar los complejos detalles de los procesos de separación y divorcio. Teniendo que garantizar el mejor futuro para los hijos la legislación actual produce un reparto desigual de los bienes y la custodia de los hijos es entregada casi siempre a la madre.
En el marco de la elaboración del nuevo Código Civil Catalán y de las recientes resoluciones judiciales a favor de la custodia compartida, Ciutadans-Partido de la Ciudadanía defiende la equiparación de derechos y deberes entre cónyuges a la hora de regular la custodia de los hijos en los casos de separación matrimonial. Este posicionamiento ha abierto muchas veces la veda a acusaciones demagógicas sobre lo si lo que en realidad se ataca son las políticas que tratan de favorecer la igualdad efectiva de la mujer en la sociedad. Esa clase de demagogia esconde la incapacidad por tratar los problemas de los ciudadanos desde posiciones ideológicas perdiendo de vista cuál es la realidad de las personas y cuáles son las soluciones posibles en un plano de igualdad entre ciudadanos, sean estos hombres o mujeres.
¿Por qué nos hemos referido a ADICC entonces?, pues porque es una asociación de mujeres, y este hecho da mucha más fuerza al argumento capital de esta reivindicación, son las propias mujeres las que demandan soluciones para un problema de discriminación que ha sufrido tradicionalmente el hombre. Desde Ciutadans no desaprovecharemos la oportunidad para recordar que es esa misma circunstancia la que abrió la posibilidad de un nuevo partido no nacionalista en Cataluña, el hastío de los propios catalanes por una clase política ensimismada en cuestiones identitarias.
Bien por ADICC, bien por esas mujeres directamente afectadas por casos de separación, es decir, tías y abuelas de menores que se ven privadas de ver a sus sobrinos y nietos, ya que toda una rama familiar queda amputada cuando se priva de la custodia a uno de los cónyuges. Y bien por todas aquellas entidades que trabajan por el ciudadano sin tener en cuenta su origen, su condición, su sexo o su color, esa es la senda que hay que compartir de una vez por todas si queremos construir una sociedad desacomplejada.
Hay una asociación que desde Cataluña promueve la custodia compartida que merece una atención especial, esa asociación es ADICC. Son muchos los colectivos que enarbolan esa bandera que pretende la igualdad ante la ley de hombres y mujeres a la hora de abordar los complejos detalles de los procesos de separación y divorcio. Teniendo que garantizar el mejor futuro para los hijos la legislación actual produce un reparto desigual de los bienes y la custodia de los hijos es entregada casi siempre a la madre.
En el marco de la elaboración del nuevo Código Civil Catalán y de las recientes resoluciones judiciales a favor de la custodia compartida, Ciutadans-Partido de la Ciudadanía defiende la equiparación de derechos y deberes entre cónyuges a la hora de regular la custodia de los hijos en los casos de separación matrimonial. Este posicionamiento ha abierto muchas veces la veda a acusaciones demagógicas sobre lo si lo que en realidad se ataca son las políticas que tratan de favorecer la igualdad efectiva de la mujer en la sociedad. Esa clase de demagogia esconde la incapacidad por tratar los problemas de los ciudadanos desde posiciones ideológicas perdiendo de vista cuál es la realidad de las personas y cuáles son las soluciones posibles en un plano de igualdad entre ciudadanos, sean estos hombres o mujeres.
¿Por qué nos hemos referido a ADICC entonces?, pues porque es una asociación de mujeres, y este hecho da mucha más fuerza al argumento capital de esta reivindicación, son las propias mujeres las que demandan soluciones para un problema de discriminación que ha sufrido tradicionalmente el hombre. Desde Ciutadans no desaprovecharemos la oportunidad para recordar que es esa misma circunstancia la que abrió la posibilidad de un nuevo partido no nacionalista en Cataluña, el hastío de los propios catalanes por una clase política ensimismada en cuestiones identitarias.
Bien por ADICC, bien por esas mujeres directamente afectadas por casos de separación, es decir, tías y abuelas de menores que se ven privadas de ver a sus sobrinos y nietos, ya que toda una rama familiar queda amputada cuando se priva de la custodia a uno de los cónyuges. Y bien por todas aquellas entidades que trabajan por el ciudadano sin tener en cuenta su origen, su condición, su sexo o su color, esa es la senda que hay que compartir de una vez por todas si queremos construir una sociedad desacomplejada.
dilluns, 10 de novembre del 2008
ARTICULO REVISTA GIDONA (Octubre 2008)
Acciones por parte de ADICC,associació Dones per la igualtat i la custòdia compartida.
A raiz del artículo publicado en el número de octubre de la revista GIDONA,que se distribuye en Girona y provincia,que podreis leer a continuación.
Hicimos llegar mail a la revista mostrando nuestra queja,ya que no refleja la realidad,en la que se encuentran los padres no custódios,solicitando que nos dieran opción a réplica,por lo que,pedimos que les enviarais mails explicando vuestras experiencias y situaciones a raiz de vuestra separación.
Por ese motivo y habiendo recibido vuestros mails,la revista se ha puesto en contacto con nosotras,para expresarnos,que el artículo está bajo la responsabilidad de las abogadas que lo firman(que siguen a continuación)y que nos ofrecen la opción a réplica,por lo que ya está en manos de un reconocido abogado penalista,que colabora con Adicc.
Esta réplica,será publicada en nuestro blog y en la revista GIDONA(en breve).
PENSION DE ALIMENTOS EN CASO DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
(artículo traducido al castellano)
Hazte respetar! Abogados
Por:
Susanna Castellví Sarbakshe(Abogada mediadora familiar).
MªAngels Ragolta Palet(Abogada especialista en familia).
Entendemos por alimentos todo aquello que es indispensable para el sustento,es decir,comida,alojamiento,vestido,asistencia médica,educación...El padre o la madre que no tiene la guarda de los hijos está obligado a contribuir en su sustento.
la cuantía de la pensión para los alimentos que este deberá pagar irá en función de dos factores:
-Los ingresos que tiene la persona que está obligada a abonarla.
-Las necesidades de la persona que las recibirá.
La legislación vigente no prevee ningun baremo obligatorio en el que el juez se pueda basar a la hora de establecer la pensión que se habrá de pagar en cada caso.Por tanto,esta cantidad deberá de establecerse en función de la realidad de cada caso.De todas formas y de mediana,la cantidad de una pensión suele rondar los 300€uros de media.
La cantidad de la pensión que se fijará no será indefinida,permanente,sino que ésta podrá incrementarse o verse reducida en función de las necesidades del beneficiario,que en este caso son los hijos o las hijas y también en relación al aumento o disminución de los recursos económicos de la persona que está obligada al pago.
CUANDO ACABA LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Esta obligación acaba cuando el menor es económicamente independiente.Eso quiere decir que si cuando el hijo cumple la mayoria de edad no tiene recursos económicos suficientes para valerse por sí mismo porque,por ejemplo,todavia está estudiando,continuará siendo beneficiario de la pensión de alimentos.
Desgraciadamente cada dia hay más personas que se encuentran con que el progenitor que no tiene la guarda de los hijos no paga la pensión.Este es un delito que está en alza.
Desde el 2005,año en que se aprovó la denominada "ley del divorcio exprés",el número de divorcios ha aumentado considerablemente,en un 75%.La estadística también nos dice que un 51% de estos matrimonios que se rompen tienen uno o más hijos en común.En muchos casos,estos niños acaban convirtiéndose en las víctimas de otro tipo de violencia:"la violencia económica".
QUE PODEMOS HACER EN LOS CASOS EN QUE SE INCUMPLE EL PAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
El incumplimiento del pago puede ser de diversos tipos y puede tener diversos motivos detrás.A veces lo que pasa es que el progenitor que no tiene la guarda de los hijos se retrasa en su pago.En otros casos este no tiene en cuenta el aumento anual que ha de aplicarse a estas pensiones,que normalmente se calcula en función del aumento del IPC.Y también hay quién no paga esta pensión.Por lo que hace a los motivos,en muchas ocasiones lo que quiere conseguir quién no paga la pensión es simplemente molestar a su expareja,pero en realidad quién sale perjudicado siempre son los hijos.Y es que el incumplimiento de los pagos puede llegar a convertirse en algunos casos en una especie de control y violencia sobre la mujer y los hijos.Estas personas que son víctimas muchas veces no denuncian el incumplimiento de los pagos por el coste que esto les supondría y por el cansancio acumulado respecto a los contínuos impagos y la actitud de la expareja.
Solucionar este problema en algunos casos puede ser complicado.En el caso que el progenitor que incumple el pago tenga una nómina,el pago puede ser más fácil,porque se puede llegar a embargar esa nómina.Pero si se trata de un profesional liberal,que no tiene nómina,este cobro puede ser mucho más complicado.
Para intentar solucionar estos casos más difíciles el Gobierno está estudiando la posibilidad de crear UN FONDO DE GARANTIA DE PENSIONES.A través de este fondo,se podria avanzar una cantidad razonable al progenitor que tiene la guarda de los hijos que permitiria cubrir las necesidades del menor o menores.De esta manera después seria el estado quién reclamaria el dinero al progenitor moroso.
PREGUNTAS
Como se fijan y establecen las pensiones de alimentos?
De mutuo acuerdo y con la pareja siempre que este acuerdo sea posible.Si se llega a un contencioso,será el juez quién establecerá la cantidad a pagar.Lo hará en función de los ingresos,de los gastos generales y de las circunstancias personales del obligado y del beneficiario.
Que pasa con los gastos que no tienen una periodicidad?
Estos gastos se denominan gastos extraordinarios.Hablamos,por ejemplo,de las clases particulares,de las ortodoncias o de las actividades extraescolares.El financiamiento de estos gastos acostumbra a pactarse de mutuo acuerdo entre los dos progenitores.Si este financiamiento se decide de mutuo acuerdo,no es necesario que cada uno de los progenitores se haga cargo de la mitad de cada uno de los gastos extraordinarios.En caso que no se llegue a un acuerdo y que el conflicto llegue a juicio,el juez impone que cada uno de los progenitores se haga cargo del 50% de los gastos extraordinarios.
Hasta cuando está obligado el progenitor que no tiene la guarda de los hijos a pagar esta pensión de alimentos?
Hasta que el hijo sea independiente económicamente.
Tengo un hijo con mi pareja,pero no estamos casados.Que derechos tiene mi hijo?
los mismos que los hijos de una pareja que está casada.
Si no hay acuerdo sobre la cantidad de la pensión que me han de pagar,de que viviremos hasta que el juez fije la cantidad que debemos recibir?
Se pueden pedir unas medidas urgentes.Será el juez quién fijará la pensión de alimentos,el uso de la vivienda y la guarda y custodia de los hijos.
ADICC INICIATIVES - TAULA RODONA TERRASSA
Benvolguts afiliats a ADICC
Us informem que el proper dia 15 de Novembre a Terrassa es durà a terme una Taula Rodona sobre la Custòdia Compartida.
A aquesta iniciativa d'ADICC s'hi han sumat psicòlegs, advocats i gent rel.lacionada amb la lluita per la Custòdia Compartida.
Us donem la informació del cartell publicitari i us demanem la vostra assistència. Entre tots assolirem que la nostra societat sigui més justa, igualitària i emocionalment més sana.
José Domingo, Diputado de C’s
Arancha Coca, Psicóloga
Cristina Ogazón, Abogada
Núria Sauné, FECADISE (ADICC)
En el marco de la elaboración del nuevo Código Civil Catalán y de las recientes resoluciones judiciales a favor de la custodia compartida, EgaraCivitasconvoca una mesa redonda en favor de esta causa que pretende la equiparación de derechos y deberes entre cónyuges a la hora de regular la custodia de los hijos en los casos de separación matrimonial.
Us informem que el proper dia 15 de Novembre a Terrassa es durà a terme una Taula Rodona sobre la Custòdia Compartida.
A aquesta iniciativa d'ADICC s'hi han sumat psicòlegs, advocats i gent rel.lacionada amb la lluita per la Custòdia Compartida.
Us donem la informació del cartell publicitari i us demanem la vostra assistència. Entre tots assolirem que la nostra societat sigui més justa, igualitària i emocionalment més sana.
15 Noviembre de 2008
BIBLIOTECA CENTRAL DE TERRASSA
Passeig de les Lletres nº 1
Mesa redonda por la custodia compartida.
Con la participación de:
José Domingo, Diputado de C’s
Arancha Coca, Psicóloga
Cristina Ogazón, Abogada
Núria Sauné, FECADISE (ADICC)
En el marco de la elaboración del nuevo Código Civil Catalán y de las recientes resoluciones judiciales a favor de la custodia compartida, EgaraCivitasconvoca una mesa redonda en favor de esta causa que pretende la equiparación de derechos y deberes entre cónyuges a la hora de regular la custodia de los hijos en los casos de separación matrimonial.
Más info en http://egara-civitas.blogspot.com
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