dissabte, 18 d’abril del 2009

Exteriores tramita 84 casos de sustracción internacional de hijos

La resolución se complica si el país de destino no firmó el Convenio de La Haya
PERE RÍOS - Barcelona - 13/04/2009

El Código Penal español define la sustracción de menores como "el traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien convivía habitualmente". Eso es lo que hizo Cesáreo García Sánchez el 6 de noviembre de 1988, cuando fue a buscar a su hija de tres años a Sotillo de la Adrada (Ávila) para que pasara la tarde con él y no la devolvió. Fue detenido hace unas semanas en México; acabó ante la justicia española, pero quedó en libertad. Sólo se le acusa de desobediencia, porque la ley penal no se puede aplicar de forma retroactiva si perjudica al acusado, como ocurre en este caso.
Hasta 2002 no era delito en España y se castigaba con una sanción económica
Y es que hasta la reforma del Código Penal de 2002 la sustracción de menores no se consideraba delito en España. Ahora se castiga con penas de dos a cuatro años de cárcel, pero hasta entonces sólo se penaba con una multa, que es lo que, a lo sumo, le ocurrirá a García. Posiblemente así se explica que decenas de padres o madres separados españoles se llevaran a los hijos a la otra punta del planeta, o de la Península, sin dar ninguna explicación al otro, que era quien tenía atribuida la custodia.
La historia de la hija de Cesáreo García tiene un final feliz, aunque tardío. No es un caso insólito. El Ministerio de Asuntos Exteriores tramita en la actualidad 84 casos de sustracción internacional de menores en los que uno de los progenitores, de nacionalidad española, reclama la mediación de la diplomacia para recuperar a sus hijos. Un portavoz ministerial explica que la mitad de estos casos presentan una solución relativamente sencilla, pues los niños sustraídos residen en países firmantes del Convenio de La Haya de 1980, suscrito para "garantizar la restitución inmediata de los menores trasladados o retenidos de manera ilícita en cualquier Estado contratante".
Si los niños se encuentran en algún país de la Unión Europea, su recuperación resulta todavía más rápida porque en los últimos años se han aprobado reglamentos que regulan el reconocimiento y ejecución de una sentencia en otro país miembro.
Si no es así, se complica más aún la resolución, y cuando ya presenta una gran dificultad es cuando los niños acaban en países con un sistema judicial y de valores sociales que nada tienen que ver con las occidentales. Es lo que le ocurrió a Leticia Moracho, madrileña de 49 años, que el pasado día 22 de marzo regresó a España con Sara, su hija de 11 años, secuestrada por su padre en Irak durante dos años y medio.
Él era técnico naval y se conocieron en Madrid. Siempre fueron pareja de hecho y cuando se acabó la relación la justicia le atribuyó a ella la custodia de la pequeña. En el otoño de 2006, el padre le pidió que le dejara llevar a la hija a Irak para que conociera a su familia. Ya no la volvió a ver más.
"Con la niña allí, falseó toda clase de documentos para dar apariencia de legalidad", explica Moracho en conversación telefónica desde Málaga, donde pasa unos días de vacaciones. "Ahora he descubierto que, oficialmente, yo estaba casada y empadronada en Bagdad desde 1994. Él puso como testigos a sus hermanos y coló", prosigue la madre, quien confiesa que ha pasado mucho miedo por el futuro de la niña. "Si la hubieran forzado a un matrimonio se habría convertido en iraquí, pero llegamos a tiempo".
El pasado verano, Moracho viajó a Basora y advirtió a la justicia y a las autoridades iraquíes del engaño. El hombre fue condenado a 14 años de cárcel, pero lo que deseaba la madre era recuperar a la hija. Al final medió directamente el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, quien preparó una reunión con los más altos representantes de la diplomacia, el poder judicial y el Gobierno iraquí.
El ministerio se hizo cargo esta vez de todos los gastos del segundo viaje de Moracho y la policía de Irak la protegió a todas horas. "Allí demostré el engaño y fue lo peor que le pudo pasar a él". La legislación iraquí no concibe un matrimonio sin papeles y una hija de una pareja no casada. Después de devolver a la niña, la condena inicial le fue conmutada al padre por otra de cuatro días. Moracho ha recuperado a su hija, pero está en paro y ha perdido todos los ahorros que tenía, "70.000 euros y 30.000 dólares", detalla.

Multa de 45.900 euros por impedir que un padre vea a su hija
El artículo 225 bis del Código Penal también considera sustracción de menores "la retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa". Por tanto, no hace falta que un progenitor se lleve al hijo a la otra punta del planeta para considerarlo delito, sino que bastaría que impidiera que el otro pudiera verlo durante los días que fija la sentencia de divorcio.
Sin embargo, los jcios a considerar delictiva esta actuación y archivan casi siempre las denuncias por sustracción de menores que presenta un progenitor contra otro por incumplimiento del régimen de visitas. "Es un error derivar a la jurisdicción penal estas discrepancias en el ejercicio de la custodia de menores", asegura José Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Málaga, especializado en temas de familia. "Los miembros de la pareja tienen derecho a rehacer su vida en otra ciudad y lo que hay que velar es por el interés del niño", asegura. En las sentencias de divorcio que él dicta se especifica que los cambios de domicilio han de ser pactados y que, en caso de discrepancia, decidirá el juez.
Apartar a los niños
Pero el juez de familia tiene capacidad para actuar contra el pridad para actuar contra el progenitor que aparta a los niños del otro. Uno de esos casos lo sentenció el pasado 11 de enero el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Madrid, que multó con 45.900 euros a una mujer por haber impedido que el padre viera al hijo durante dos años, viviendo ambos en la misma ciudad. El juez calculó la cantidad a razón de 600 euros por cada fin de semana y 200 euros por día de vacaciones que la niña no estuvo con el padre.
En otros casos, también excepcionales, la justicia ha sido contundente con el progenitor que se marcha a la otra punta de España con el niño para perjudicar al ex cónyuge. El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Sevilla acordó el pasado 19 de enero desposeer a una madre de la custodia que tenía de su hijo de siete años y otorgárselo al padre porque la mujer se marchó a vivir a una aldea de la sierra madrileña.
El juez razona en su auto que todo el arraigo familiar y social del niño estaba en Sevilla, donde nació y se crió, y que nada justifica el traslado. Por eso, el juez considera que se ha colocado al menor en una situación de riesgo, pues ni siquiera está escolarizado y concluye que lo mejor para él es que el padre se haga cargo.

El 'caso Carrascosa' lleva dos años encallado
Uno de los casos que más repercusión mediática ha tenido en los últimos años es el de la valenciana María José Carrascosa, en prisión preventiva en Nueva Jersey desde noviembre de 2006 por haberse traído a España, en noviembre de 2004, a la hija que tuvo con Peter Innes, ciudadano norteamericano.
Desde entonces, la pareja se ha cruzado infinidad de denuncias judiciales y acusaciones, algunas de las cuales se demostraron falsas, de manera que el caso lleva casi dos años y medio encallado por una discusión sobre qué país es el competente para resolver el conflicto. El próximo 20 de abril se reunirán en La Haya jueces españoles y norteamericanos para intentar un acuerdo. Y es que, a pesar de que la pareja residió en Estados Unidos durante los cinco años que duró la relación, un juzgado de Valencia denegó la devolución de la niña el 6 de julio de 2005 al considerar que no existía sustracción de menores. Sin embargo, el Tribunal Superior de Nueva Jersey acordó cinco meses antes que la madre debía retornarla. Como no lo hizo, acabó en prisión.
"La niña está con los abuelos maternos y lleva cuatro años sin ver al padre. Pedimos que vuelva con él y, cuando la madre cumpla la pena, estamos por la custodia compartida", asegura Javier María Pérez-Roldán y Suanzes, abogado del padre.
No es el único caso de una madre que acaba perdiendo a los hijos por sustracción. En enero de 2007, la Audiencia Provincial de Asturias ordenó el regreso a Israel de los cuatro hijos que su madre, María Amor González, había sacado ilegalmente de allí en 2005, cuando tenían entre 6 y 13 años, tras la ruptura de la pareja. Los magistrados dieron la razón al padre invocando precisamente el Convenio de La Haya de 1980.

divendres, 17 d’abril del 2009

Cuando los maltratados son ellos

“Desde que éramos novios me insultaba habitualmente, me gritaba, me chantajeaba, hasta me levantó la mano. Lo peor llegó cuando nos casamos y nació nuestro hijo, que amenazaba con quitarme. Qué tonto fui por no entenderla nunca. Siempre le daba lo que ella quería, pero cada detalle que le regalaba me lo tiraba a la cara y me decía que todo lo que yo hacía era una mierda. Me menospreciaba constantemente gritándome que no valía para nada. Todo lo que hacía le sentaba mal. Creo que hasta terminé creyéndome que todos los defectos que me sacaba eran reales. Nunca le conté a nadie mi cruz porque me daba vergüenza. En alguna ocasión me mordió y me lanzó algún plato. Echando cuentas, fue la agresión que menos me dolió durante los nueve años que compartí con ella. Seguí llorando a escondidas cuando me denunció por supuestos malos tratos. Se golpeó a sí misma y fingió una paliza un fin de semana que me tocaba disfrutar de mi hijo. Ya estábamos separados. Ese día estuve con ella, evidentemente, pero yo no la maltraté. Nadie me dejó hablar. Pasé tres días en el calabozo y tardé tres años en recuperar a mi niño, que ya había cumplido los cinco años y se le había olvidado de quién era yo, su padre. Demostré que la que maltrataba era ella a mí gracias a sus constantes contradicciones, no porque mi testimonio tuviera validez alguna. Ya he recuperado a mi hijo, ella ha pagado una multa sin pasar por la cárcel y yo siempre formaré parte de la negra lista de los maltratadores de España”.

Cuando se habla del maltratador es difícil imaginarse otro perfil distinto al del hombre, pero hay más de una española fichada como maltratadora en el Registro de Víctimas de Violencia Doméstica. Sin embargo, sólo las mujeres asesinadas en el entorno familiar son consideradas víctimas de la violencia de género. Los hombres no. Según el informe publicado por el Consejo General del Poder Judicial, el 25,6% de las víctimas mortales por violencia doméstica en 2008 eran hombres. En 2007, el porcentaje de hombres fallecidos era del 16,1%. Así, durante 2008 hubo un aumento del 9,5% en los homicidios sufridos por los hombres en el ámbito de la violencia doméstica y de género. La discriminación que la Ley Integral contra la violencia de género ejerce sobre los hombres ha levantado más de una voz en contra. ¿El afán de acabar con la violencia contra la mujer es injusto para el hombre? ¿Qué pasa si ellas comienzan a matar como ellos? ¿Se les castiga de la misma manera? ¿Por qué se limita el término "género" sólo al femenino?

A pesar de que son menos abundantes los casos de hombres maltratados por sus mujeres que viceversa, haberlos los hay y son los más problemáticos. Ellos, los maltratados, carecen de credibilidad, se ríen de ellos, no tienen casas de acogida y el 016 les cuelga porque sólo atienden a mujeres, las víctimas de la violencia de género. “Lo siento, no puedo ayudarle. Acuda al trabajador social de su hospital más cercano”, invita una dulce voz femenina cuando un maltratado busca su ayuda. Casi ninguno denuncia porque no tiene un ojo morado que lo justifique. Sus maltratos, casi siempre, son psicológicos: todo amenazas, imposible de demostrar.

La Ley contra la Violencia de Género, contra las cuerdas

María Poza, jueza titular del juzgado número 4 de Murcia, fue la primera persona que puso la Ley Integral contra la Violencia de Género contra las cuerdas. Poza consideraba que el hecho de que la ley imponga distintas penas en función de que el agresor sea hombre o mujer vulneraba tres artículos de la Constitución, entre ellos el principio de igualdad. Si un hombre agrede a una mujer y le provoca lesiones físicas o psíquicas, su condena oscila de dos a cinco años de prisión. Si la violenta es ella, el castigo es de seis a tres años de prisión. Si se denuncia una lesión leve, una amenaza o una coacción es delito de seis meses a un año si el demandado es un varón. Al contrario, ellas son castigadas con arresto de fin de semana o con una multa.

En contra de lo que se pueda pensar, estas situaciones de mujeres que maltratan a sus esposos no son tan escasas. En 2008, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reconocido 121 víctimas por violencia doméstica y violencia de género. Pero, por la propia definición de ambos tipos de violencia, “no se conocen estadísticas de hombres muertos por sus ex parejas”, reconoce Mercedes Patón, fundadora y directora del despacho de abogados Patón & Asociados, el único que representa a hombres maltratados por mujeres. Refiriéndose a los mismos datos recogidos por el CGPJ, Patón añade las acusaciones falsas interpuestas por mujeres contra sus parejas. “El 90% de las demandas de mujeres hacia hombres no son acusaciones reales”, cree Patón. Los fiscales de Madrid también advirtieron de que ellos también han detectado falsas denuncias. “Lo que ella dice va a misa. Lo que él denuncia, va al archivo” ejemplifica Patón para hacer ver la desigualdad creada entre hombres y mujeres ante la ley. Con la ley de Violencia de Género, hay que pararse a reflexionar y preguntarse si la legislación, “que opta por un derecho desigual para la igualdad”, como ha defendido Jesús Caldera, ministro de Trabajo, no va a conseguir justamente lo contrario. “Se dirige únicamente y de forma explícita, a la protección de mujeres”, critica Jesús Arapiles, director de la oficina del defensor del Hombre y sus Hijos.

Ninguna institución ampara al hombre maltratado. Sí se ha montado alguna asociación, como http://www.hombresmaltratados.com/. “No hay ninguna estadística fiable que cuantifique cuántas denuncias falsas ponen las mujeres contra sus maridos. Pero en la medida en que más mujeres toman consciencia de su posición de fuerza ante la ley, se aprovechan en mayor medida". Del Ministerio de Igualdad asegura que hay un clamor unánime para derogar la ley, porque es un "Ministerio de Desigualdad”, asegura Patón, quien insta a la Ministra Bibiana Aído a pasear por los juzgados para ver qué se denuncia. “Los hombres de este país están discriminados por el único hecho de ser hombres”. Ante el maltrato propone un castigo, “pero en igualdad de condiciones, sin distinguir entre sexos. ¿O los hombres maltratados no sufren violencia de género?”.

De la opresión total a la rebeldía extrema

Ningún experto discrepa que la mujer ha vivido oprimida durante demasiado tiempo. Pero se ha pasado “a la rebeldía extrema. ¿Qué generaciones estamos criando?”, se pregunta Patón. Que hay que cambiar la ley, no lo duda. “Pero, ¿quién se atreve a dar el primer paso para su derogación?”, deja en el aire. Miguel Ángel Gimeno, magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona no cree que se tenga que derogar la ley, pero “sí tendrá que ir modificándose poco a poco”. Insiste además en la necesidad de que haya una implicación social para avanzar en este terreno.

“La nueva ley atenta contra unos principios generales del Derecho, ya que los acusados tienen que demostrar su inocencia, cuando debería ser al contrario: los hombres somos presuntamente culpables hasta que se demuestre lo contrario”, incide Arapiles. No se discute la necesidad de erradicar la violencia contra la mujer, pero sí hay que referirse a situaciones de hecho: “Esta ley va en contra del artículo 14 de la Constitución, que dice expresamente que los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo o religión”, dice Arapiles.

Los hombres que sufren agresiones siguen protegidos por el artículo 173.2 del Código Penal sobre la violencia doméstica, que se consideró obsoleta para los casos de mujeres maltratadas. “Desgraciadamente, estos hombres, que aparentemente siguen protegidos por el Código Penal, a efectos prácticos sufren la discriminación positiva de la nueva norma”, dice Patón. “El legislador decide cuál es la sanción que debe imponer. Se debería analizar caso a caso, y que la jurisdicción se ajustara al máximo”, pide Gimeno.

Arapiles denuncia en su propia página web las denuncias falsas que demasiadas mujeres ponen a sus ex maridos. Frases como “mujer: hunde a tu ex. Sácale la casa y casi todo su dinero, quítale los hijos y encarcélale” intentan contar, satíricamente, la desigualdad que sufren los hombres ante las mujeres. Con el impulso de la ley, lo único que parece claro es que, si hablamos de personas maltratadas por sus parejas, ni ellas son tantas, ni ellos tan pocos.

La nueva ley de custodia compartida planea igualdad económica para el padre y la madre

La nueva ley de custodia compartida planea igualdad económica para el padre y la madre Los afectados exigen que la norma incluya la liquidación judicial de gananciales


En un divorcio, la imagen habitual es ver al padre cogiendo las maletas y yéndose de casa. La legislación actual reparte la patria potestad entre los dos progenitores pero el custodio propio -en el 98% de los casos, la madre- es el que se queda con la casa, el piso, los bienes y, sobre todo, los hijos. El padre que hace las maletas se ve obligado a pagar la hipoteca de su antiguo domicilio sin poder disfrutarlo, comprarse un coche, pagar la pensión alimenticia a sus hijos, buscarse un piso para vivir, amueblarlo si puede y con lo que le sobra, si es que es así, comer él. La futura ley de custodia compartida que ya prepara el Consell pretende acabar con esta discriminación de sexos. El varón, en este caso, suele ser el perjudicado. Por eso uno de los pilares fundamentales de la futura norma es que las dos partes del matrimonio parta en igualdad de condiciones a la hora de iniciar el proceso de divorcio. La Comunitat Valenciana, junto con Cataluña, es la autonomía pionera en poner en marcha una ley de este tipo para corregir, en parte, la excesiva rigidez del Código Civil. Plataformas como Custodia Compartida Ya o la Asociación de Mujeres por la Igualdad y la Custodia Compartida creen vital que las cuestiones económica se separen claramente de los hijos en los procesos de divorcio. Una forma de acabar con los lamentables chantajes, que son muy habituales en las separaciones matrimoniales. Una de las propuestas de la ley en la que se está trabajando es que el mediador que se establezca para el matrimonio negocie el mejore futuro para los dos progenitores. La idea es que por ley se pueda llegar a un acuerdo sobre el reparto de la casa -si se vende o se la queda una de las partes del matrimonio-, sobre el coche y los bienes. De esta manera, si la mujer decide quedarse con el hogar familiar, podría compensar económicamente a su marido para que este pudiera adquirir otra vivienda. En la actualidad, el panorama es totalmente distinto. "Se están viviendo situaciones tremendas en la que los padres no pueden comprar ni una casa. Muchos duermen en el coche o comparten pisos 'patera' para poder tener un nuevo hogar. Por eso creemos que la inclusión en la ley de un mediador es básico para evitar este tipo de situaciones", señalaron ayer desde Mujeres por la Igualdad y Custodia Compartida. De la misma opinión es David Ferrer, presidente de Custodia Compartida Ya, que apuesta por la liquidación judicial de gananciales. "Es algo que debe estar al margen del régimen de visitas pero que garantizaría que muchos padres no se tuvieran que ir a vivir a un camping". Además, Ferrer pide, como pasa en Euskadi, ayudas del Consell para que los padres separados con escasos recursos puedan acceder con mayor facilidad a viviendas de protección oficial. Los expertos consideran que la ley debería incluir también una artículo que exigiera a los progenitores realizar un plan de responsabilidad parental. Una especie de declaración firme para comprometerse a mantener la educación de los hijos y para garantizar su subsistencia. Además, también habría que incluir la obligación de que los padres no utilizarán malas prácticas como el chantaje con los hijos para presionar a la otra parte del matrimonio. Sobre 15.000 divorcios La futura ley de custodia compartida pretende también romper con los regímenes severos de visita, en los que, habitualmente, el padre sólo puede ver a sus hijo un fin de semana alterno y la mitad de las vacaciones escolares. La idea es que los dos progenitores puedan compartir casi a partes iguales el desarrollo y educación de sus vástagos. La Comunitat Valenciana es una de las autonomías de España en la que más divorcios se producen. De hecho, cada año se separan en territorio valenciano cerca de 15.000 parejas. En los primeros nueve meses de 2008 -los últimos datos estadísticos disponibles- se contabilizaron 11.974 separaciones y divorcios. La Comunitat sólo fue superada por Andalucía, Cataluña y Madrid.

divendres, 10 d’abril del 2009

Les DONES per la Igualtat i la Custòdia Compartida




Us deixem una foto de les que encapçalem aquest grup de lluitadores i lluitadors que fem diariament la tasca tan poc reconeguda d'ésser honestos.




dimecres, 8 d’abril del 2009

Gracias Zapatero! - Cristina Tenas Rosell

http://www.diariodelasierra.es/2009/04/28/cartas-al-director-gracias-zapatero/

Gracias Sr Zapatero. Por darme más importancia a mí que a mi marido, al fin y al cabo usted y yo, sabemos que lo merezco. Soy débil. Ya lo dicen los más mayores… las mujeres a la casa y a cuidar niños. Gracias por protegerme, Sr Zapatero.

Gracias a usted, tengo casa, coche, garaje, trastero…. Y todo ello, sin haber trabajado jamás en la vida. Eso sí… me quedé embarazada. Y no vea usted lo bien que lo rentabilizamos, eh? Menudo seguro de vida! Con pensión y todo!

No me pida pero, que cotice, trabaje, ni me iguale a los “desiguales”. Prefiero seguir siendo “débil”. La vida és más facil así. Como cuando era pequeña. Todo me cae del cielo. Bien… del cielo o de sablear a quien me hizo madre.

Sr Zapatero, no obstante le pido un favor… ¿Sería usted tan amable de en unos 20 años cambiar las leyes que ahora me favorecen por unas realmente igualitarias? Le cuento.. mi hijo, sangre de mi sangre, es varón. El pobre desgraciado no ha sabido ni elegir sexo… y claro, padezco por su futuro. A ver si se le ocurre engendrar a alguna como yo. Al fin y al cabo, ya se dice que los hijos e hijas buscan en las parejas los patrones de los padres…. No me abandone ahora, Sr Zapatero… hágame éste último favor… pero a su debido tiempo. Ni antes, ni despues. Alarguemos el chollo.

Siempre agradecida…. (basado en hechos reales)

dimarts, 7 d’abril del 2009

IN DUBIO PRO FEMINA - Cristina Tenas Rosell

“In dubio pro reo” expresa el principio jurídico de que en caso de duda, por insuficiencia probatoria u otras, se favorecerá al acusado. Lograría éste principio, evitar la aberración de castigar al inocente falsamente, arruinando así su vida.

En España no obstante, ante la duda, no hay duda. Los hombres, TODOS, cualquiera de ellos, son machistas, violentos y mentirosos, miestras las mujeres TODAS según la ley son cándidas, débiles y necesitan protección.

In dubio pro femina, dicen los jueces de ahora. “Por que nosotras lo valemos” . Da igual si mentimos, si malmetemos, e incluso si maltratamos. Somos buenas por naturaleza. Buenas para mentir, para difamar, para manipular… Y algunas somos buenas hasta para denunciarlo en voz alta.

Siento vergüenza ajena. Soy mujer. Y orgullosa de serlo. Pero no necesito pisotear los derechos de nadie para sentirme ni más mujer, ni realizada, ni que me mantengan.

VULNERANDO LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA SISTEMÁTICAMENTE - Cristina Tenas Rosell

Que la Ley Integral contra la violencia de género vulnera la presunción de inocencia y el principio de igualdad, ambos extremos contemplados en nuestra Carta Magna es un hecho. Y lo es, independientemente de lo que diga el Constitucional, los lobbies, y aquellos que han hecho del dolor su negocio. Por que el sentido común y la verdad va más allá de las leyes.

Que la Ley integral permite despojar de bienes, dignidad, presunción de inocencia y lo más importante, de libertad, a los hombres por el mero hecho de serlo, tambien es incuestionable. Como lo es que la ex juez decana de Barcelona, la Sra Sanahuja, lo decía hace años, meses y lo continúa diciendo, junto a otras voces feministas que realmente abogamos por la igualdad y que rechazamos la violencia la ejerza quien la ejerza.

Ahora, algunos de los jueces y fiscales que han usado dicha ley estan siendo víctimas de la misma. No olvidemos que la mayoría estan casados, lo han estado, y tienen hijos.
Quizás sea el momento de reflexionar, ya que la condición humana nos hace girar la cabeza ante los hechos cuando no nos tocan directamente e incluso negarlos, y tomar una clara, valiente y equanime solución: Modificar la Ley. Y llamarla “Contra la Violencia”.

Contemplar la presunción de inocencia, perseguir las denuncias falsas, archivar las denuncias gratuitas, y dedicar de paso, las multimillonarias subvenciones a los y las realmente maltratados y maltratadas. Independientemente de su sexo, edad, condición, religión….