http://www.diariodemallorca.es/servicios/cartas/cartaLector.jsp?pIdCarta=11283&pRef=2008110500_0_0__Cartas
http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20081109/53575661735.html
Cualquier postura ideológica, cuando se torna radical se aproxima más y más a aquella que generó por natural oposición su nacimiento. Y así ha sucedido. Lo que el feminismo inicialmente defendía se ha tornado cada día más próximo al machismo en los grupos radicales también llamados “hembristas” o “lobby feminista”, que defienden como el viejo machismo la figura de la mujer como criadora exclusiva de los hijos, vulnerable y sin recursos económicos. Mujer a la que hay que ayudar desde leyes protectoras aun discriminando a la otra parte. Mujeres del siglo XIX.
Las otras feministas sin embargo, defendemos la verdadera igualdad. Partimos de la igualdad en oportunidades laborales. Somos mujeres libres, independientes y que no necesitamos a nadie a nuestro lado para mantener nuestro status. Defendemos por ello la custodia compartida de los hijos, por que de ese modo, el interés del menor y sus derechos quedan salvaguardados y a la par los nuestros, pudiendo seguir siendo libres, crecer en el ámbito laboral, personal, y humano al no tener la obligación de ejercer de canguro las 24 horas.
Las auténticas feministas luchamos contra la dictadura de género. Somos personas. Personas con derechos, libertad, oportunidades y sobretodo dignidad. Aquella dignidad que nos permite seguir adelante nuestra vida con o sin pareja, por nuestros propios medios, y compartiendo, si los hay, la crianza de los hijos. Que también son de ellos.
dijous, 30 d’octubre del 2008
dimarts, 21 d’octubre del 2008
Tres años de cárcel para una mujer por impedir que su ex pareja vea a su hijo
http://www.laopiniondezamora.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008102100_2_309112__Zamora-Tres-carcel-para-mujer-impedir-pareja-hijo
La mujer que denunció al padre biológico de su hijo de ocho años por maltrato psicológico ha ingresado en prisión para cumplir una pena de tres años y cuatro meses por desobediencia judicial. La condenada lleva siete años haciendo caso omiso a las órdenes judiciales de Granada y Zamora que imponían un régimen de visitas para que el progenitor pueda ver al niño. María José Blanco Barea, que incluso llegó ser detenida por la Policía Nacional en agosto de 2007 en Zamora por negarse a entregar al niño a su padre para que pasaran quince días juntos, tendrá que permanecer más de un año en la macroprisión de Topas. El Juzgado de lo Penal ejecuta las cuatro sentencias impuestas por otros magistrados: dos de un año y otras dos de diez y seis meses. El ex compañero de la condenada recogió el sábado al infante del domicilio que comparte con su madre y la actual pareja de ésta, para llevárselo a la capital de Granada en la que reside. El magistrado le ha concedido la tutela y la custodia de forma provisional, hasta que la mujer, que sufre la enfermedad de Parkinson, cumpla con las sentencias dictadas por el Juzgado tras varios años de litigio, que comenzaron cuando el menor tenía casi tres años. La ahora reclusa, abogada de profesión, solicitó públicamente «una orden de protección para mi hijo, para eliminar el régimen de visitas y que se inicie un proceso de revinculación psicológica», necesario a su juicio porque el primogénito y su padre no han tenido ninguna relación. Pedía que un equipo de especialistas ajustara los criterios de educación y facilitara la adaptación del niño a su progenitor. Nunca ha logrado estos objetivos y los jueces han hecho valer el derecho de su ex novio a disfrutar del hijo. El hombre, que nunca ha realizado ninguna manifestación pública en los medios de comunicación, demandó en 2004 la custodia del menor de edad por considerar que la enfermedad de la madre le impedía cuidarle adecuadamente. La dolencia se le diagnosticó tres meses después de dar a luz. Ella alega que el padre inscribió con sus apellidos al niño en el Registro Civil el último día de plazo, lo que, a su entender, refleja la falta de interés en el bebé. Una actitud que María José Blanco afirma haber tratado de combatir en los primeros años de vida del pequeño, al que llamaba para que le visitara. «He procurado que estuviera presente, que tuviera un vínculo con él», declaraba en junio de 2004, cuando aseguraba que incluso llegó a ponerle una demanda judicial para que se le impusiera un régimen de visitas y una pensión, a lo que su ex novio «se negó». María José Blanco, que promovió una Asociación por una Cultura sin Violencia Psicológica, llegó a acusar a su ex pareja, también abogado, de pertenecer a un grupo de gran influencia en la provincia andaluza que le sirvió para que un magistrado de la capital le favoreciera y ordenara el primer régimen de visitas en 2004, tras dos años y medio sin ver al niño. Esa fue su primera rebeldía contra una disposición judicial. María José Blanco inició una lucha que sabía que la podía conducir a la cárcel. En una rueda de prensa concedida el dos de septiembre de 2007 comunicó que estaba condenada cinco veces por desobediencia a la justicia, al tratar de impedir los contactos de su hijo y el padre, que según ha asegurado siempre no quiso participar del nacimiento del niño, ni ocuparse de él hasta que el menor estaba a punto de cumplir los tres años.Aquella primera orden del juez de Granada la recurrió porque ya vivía con su vástago en Zamora y consideraba que la instancia andaluza no era competente para resolver el caso. Llegó hasta el Tribunal Constitucional. Entonces afirmaba que «yo desobedezco al padre del niño no al juez, porque no es competente». Debería decidir un juez de Zamora. Y así fue: Ordenó que el padre y el hijo entraran en contacto y se vieran fines de semana y en vacaciones. Apoyado en el informe de la Fiscalía, que favorecía esa relación porque no estaba acreditado que fuera perjudicial para el menor. Además, en base a la tesis que mantenía el progenitor, indicaba que si el Parkinson de María José Blanco se agravaba o fallecía, tendrá que ser el padre biológico quien se haga cargo del niño y no la pareja actual de la mujer.Lejos de asumir la determinación judicial, cursó una denuncia por «violencia de género institucional, porque se está hablando del patriarcado, de que al niño le beneficia el contacto con el padre porque es su padre biológico. La justificación debe ser ese beneficio y no porque yo tenga una discapacidad o porque me vaya a morir». Remitió una queja ante la Fiscalía General del Estado por la conducta de la fiscal. El hombre la ha acusado de alienación parental, es decir, de provocar en el niño un rechazo hacia su padre. Ella sostiene que su ex novio, en las tres ocasiones que asegura haberle facilitado visitas al niño, ha influido negativamente sobre el menor. En septiembre de 2007 declaró que la había sometido a un «acoso procesal» por las continuas denuncias para exigir la tutela del niño y lograr un régimen de visitas para verle.
La mujer que denunció al padre biológico de su hijo de ocho años por maltrato psicológico ha ingresado en prisión para cumplir una pena de tres años y cuatro meses por desobediencia judicial. La condenada lleva siete años haciendo caso omiso a las órdenes judiciales de Granada y Zamora que imponían un régimen de visitas para que el progenitor pueda ver al niño. María José Blanco Barea, que incluso llegó ser detenida por la Policía Nacional en agosto de 2007 en Zamora por negarse a entregar al niño a su padre para que pasaran quince días juntos, tendrá que permanecer más de un año en la macroprisión de Topas. El Juzgado de lo Penal ejecuta las cuatro sentencias impuestas por otros magistrados: dos de un año y otras dos de diez y seis meses. El ex compañero de la condenada recogió el sábado al infante del domicilio que comparte con su madre y la actual pareja de ésta, para llevárselo a la capital de Granada en la que reside. El magistrado le ha concedido la tutela y la custodia de forma provisional, hasta que la mujer, que sufre la enfermedad de Parkinson, cumpla con las sentencias dictadas por el Juzgado tras varios años de litigio, que comenzaron cuando el menor tenía casi tres años. La ahora reclusa, abogada de profesión, solicitó públicamente «una orden de protección para mi hijo, para eliminar el régimen de visitas y que se inicie un proceso de revinculación psicológica», necesario a su juicio porque el primogénito y su padre no han tenido ninguna relación. Pedía que un equipo de especialistas ajustara los criterios de educación y facilitara la adaptación del niño a su progenitor. Nunca ha logrado estos objetivos y los jueces han hecho valer el derecho de su ex novio a disfrutar del hijo. El hombre, que nunca ha realizado ninguna manifestación pública en los medios de comunicación, demandó en 2004 la custodia del menor de edad por considerar que la enfermedad de la madre le impedía cuidarle adecuadamente. La dolencia se le diagnosticó tres meses después de dar a luz. Ella alega que el padre inscribió con sus apellidos al niño en el Registro Civil el último día de plazo, lo que, a su entender, refleja la falta de interés en el bebé. Una actitud que María José Blanco afirma haber tratado de combatir en los primeros años de vida del pequeño, al que llamaba para que le visitara. «He procurado que estuviera presente, que tuviera un vínculo con él», declaraba en junio de 2004, cuando aseguraba que incluso llegó a ponerle una demanda judicial para que se le impusiera un régimen de visitas y una pensión, a lo que su ex novio «se negó». María José Blanco, que promovió una Asociación por una Cultura sin Violencia Psicológica, llegó a acusar a su ex pareja, también abogado, de pertenecer a un grupo de gran influencia en la provincia andaluza que le sirvió para que un magistrado de la capital le favoreciera y ordenara el primer régimen de visitas en 2004, tras dos años y medio sin ver al niño. Esa fue su primera rebeldía contra una disposición judicial. María José Blanco inició una lucha que sabía que la podía conducir a la cárcel. En una rueda de prensa concedida el dos de septiembre de 2007 comunicó que estaba condenada cinco veces por desobediencia a la justicia, al tratar de impedir los contactos de su hijo y el padre, que según ha asegurado siempre no quiso participar del nacimiento del niño, ni ocuparse de él hasta que el menor estaba a punto de cumplir los tres años.Aquella primera orden del juez de Granada la recurrió porque ya vivía con su vástago en Zamora y consideraba que la instancia andaluza no era competente para resolver el caso. Llegó hasta el Tribunal Constitucional. Entonces afirmaba que «yo desobedezco al padre del niño no al juez, porque no es competente». Debería decidir un juez de Zamora. Y así fue: Ordenó que el padre y el hijo entraran en contacto y se vieran fines de semana y en vacaciones. Apoyado en el informe de la Fiscalía, que favorecía esa relación porque no estaba acreditado que fuera perjudicial para el menor. Además, en base a la tesis que mantenía el progenitor, indicaba que si el Parkinson de María José Blanco se agravaba o fallecía, tendrá que ser el padre biológico quien se haga cargo del niño y no la pareja actual de la mujer.Lejos de asumir la determinación judicial, cursó una denuncia por «violencia de género institucional, porque se está hablando del patriarcado, de que al niño le beneficia el contacto con el padre porque es su padre biológico. La justificación debe ser ese beneficio y no porque yo tenga una discapacidad o porque me vaya a morir». Remitió una queja ante la Fiscalía General del Estado por la conducta de la fiscal. El hombre la ha acusado de alienación parental, es decir, de provocar en el niño un rechazo hacia su padre. Ella sostiene que su ex novio, en las tres ocasiones que asegura haberle facilitado visitas al niño, ha influido negativamente sobre el menor. En septiembre de 2007 declaró que la había sometido a un «acoso procesal» por las continuas denuncias para exigir la tutela del niño y lograr un régimen de visitas para verle.
dilluns, 20 d’octubre del 2008
Detenida una mujer por herir a su marido....
ADICC denuncia la seva repulsa a qualsevol acte de violència, i especialment la violència dins l'àmbit familiar. La igualtat passa per responsabilitarse idènticament davant la llei per els mateixos actes. Justament això és una de les nostres màximes reivindicacions.
http://www.diariosur.es/20081017/malaga/detenida-mujer-herir-marido-20081017.html
Detenida una mujer por herir a su marido con un cuchillo tras rociarlo con un 'spray'
La arrestada, a la que se le imputa un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar, quedó en libertad con una orden de alejamiento El hombre recibió un pinchazo en un hombro que le causó una herida leve
Una mujer de 55 años ha sido detenida en Málaga capital acusada de un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar por supuestamente herir a su marido con un cuchillo tras rociarlo con un 'spray' de defensa personal.
La arrestada pasó una noche en los calabozos de la Comisaría Provincial, y ayer mismo quedó en libertad con cargos tras prestar declaración ante el juez de guardia, que dictó contra ella una orden de alejamiento de su marido, según ha podido saber este periódico.
Los hechos investigados sucedieron en el domicilio familiar, situado en el barrio de Puerto de la Torre. La sala del 092 de la Policía Local de Málaga recibió una llamada sobre las 22.30 horas en la que se informaba de un posible apuñalamiento.
Una patrulla municipal se desplazó a la vivienda y encontró a la mujer esperando en la puerta. El marido estaba dentro. Según las fuentes consultadas, el hombre manifestó que le había rociado con un 'spray' de defensa y que, después, le hirió con un cuchillo de cocina en un hombro.
Los agentes se llevaron detenida a la mujer, que fue trasladada a la Comisaría Provincial para instruir diligencias. Pasó la noche del miércoles al jueves en los calabozos y ayer por la tarde fue puesta a disposición del juez de guardia.
El hombre, por su parte, fue trasladado al Hospital Clínico Universitario para curarle las lesiones que sufrió en un hombro, que resultaron ser de carácter leve. Las fuentes precisaron que presentó una herida incisa -un pinchazo- que requirió algún punto de sutura, aunque recibió el alta esa misma noche.
La pelea
La pareja, que al parecer estaría en trámites de separación, tuvo una discusión por desavenencias. Pero la disputa subió de tono y acabó de forma violenta. Las versiones sobre lo que sucedió a continuación son opuestas. Mientras el hombre mantuvo que su mujer le insultó, le roció con el 'spray' y le atacó con el cuchillo, la arrestada sostuvo que utilizó el aerosol para repeler un intento agresión de su pareja.
Según informó el letrado de la defensa, Juan de la Fuente, la acusada explicó ante el juez que las desavenencias venían produciéndose desde hace años y que vivía atemorizada, y que por eso llevaba un 'spray' de defensa.
El abogado indicó que su clienta había acudido anteriormente a alguna institución pública para contar lo que le sucedía, aunque al parecer no denunció.
A la vista de los hechos, el juez de guardia dictó una orden de alejamiento contra la mujer respecto de su marido, y decretó la puesta en libertad con cargos de la detenida, a la que se acusa de un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar.
http://www.diariosur.es/20081017/malaga/detenida-mujer-herir-marido-20081017.html
Detenida una mujer por herir a su marido con un cuchillo tras rociarlo con un 'spray'
La arrestada, a la que se le imputa un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar, quedó en libertad con una orden de alejamiento El hombre recibió un pinchazo en un hombro que le causó una herida leve
Una mujer de 55 años ha sido detenida en Málaga capital acusada de un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar por supuestamente herir a su marido con un cuchillo tras rociarlo con un 'spray' de defensa personal.
La arrestada pasó una noche en los calabozos de la Comisaría Provincial, y ayer mismo quedó en libertad con cargos tras prestar declaración ante el juez de guardia, que dictó contra ella una orden de alejamiento de su marido, según ha podido saber este periódico.
Los hechos investigados sucedieron en el domicilio familiar, situado en el barrio de Puerto de la Torre. La sala del 092 de la Policía Local de Málaga recibió una llamada sobre las 22.30 horas en la que se informaba de un posible apuñalamiento.
Una patrulla municipal se desplazó a la vivienda y encontró a la mujer esperando en la puerta. El marido estaba dentro. Según las fuentes consultadas, el hombre manifestó que le había rociado con un 'spray' de defensa y que, después, le hirió con un cuchillo de cocina en un hombro.
Los agentes se llevaron detenida a la mujer, que fue trasladada a la Comisaría Provincial para instruir diligencias. Pasó la noche del miércoles al jueves en los calabozos y ayer por la tarde fue puesta a disposición del juez de guardia.
El hombre, por su parte, fue trasladado al Hospital Clínico Universitario para curarle las lesiones que sufrió en un hombro, que resultaron ser de carácter leve. Las fuentes precisaron que presentó una herida incisa -un pinchazo- que requirió algún punto de sutura, aunque recibió el alta esa misma noche.
La pelea
La pareja, que al parecer estaría en trámites de separación, tuvo una discusión por desavenencias. Pero la disputa subió de tono y acabó de forma violenta. Las versiones sobre lo que sucedió a continuación son opuestas. Mientras el hombre mantuvo que su mujer le insultó, le roció con el 'spray' y le atacó con el cuchillo, la arrestada sostuvo que utilizó el aerosol para repeler un intento agresión de su pareja.
Según informó el letrado de la defensa, Juan de la Fuente, la acusada explicó ante el juez que las desavenencias venían produciéndose desde hace años y que vivía atemorizada, y que por eso llevaba un 'spray' de defensa.
El abogado indicó que su clienta había acudido anteriormente a alguna institución pública para contar lo que le sucedía, aunque al parecer no denunció.
A la vista de los hechos, el juez de guardia dictó una orden de alejamiento contra la mujer respecto de su marido, y decretó la puesta en libertad con cargos de la detenida, a la que se acusa de un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar.
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dilluns, 13 d’octubre del 2008
Los daños colaterales del divorcio - Patricia Matey
http://www.elmundo.es/elmundosalud/2008/10/10/neurociencia/1223658976.html
MADRID.- "No me atrevía a contar en el colegio que mis padres se habían separado... Estaba muy triste y no me concentraba para estudiar. Mis notas bajaron. Tampoco me apetecía salir con mis amigos". Así vivió Luis la separación de sus padres. Su testimonio, recogido en la sección 'Ser joven' de la página web de la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPap), refleja los 'efectos secundarios' de las rupturas conyugales en los hijos.
La tristeza es un sentimiento muy común entre los niños y niñas que ven como cambia su estructura familiar. Pero también lo es, al parecer, el trastorno de ansiedad por separación.
Mireia Orgilés, José Pedro Espada, ambos de la Universidad Miguel Hernández de Elche (Alicante) y Xavier Méndez Carrillo, de la Universidad de Murcia, firman un trabajo en el último número de la revista 'Psicotema' [publicación del Colegio Oficial de Psicólogos del Principado de Asturias] que constata que los menores que han vivido una separación conyugal presentan niveles de ansiedad por separación y de ansiedad generalizada mayores que los niños cuyos padres permanecen juntos.
Los datos de la nueva investigación se han obtenido tras comparar la presencia de síntomas de ambos tipos de ansiedad en 95 estudiantes, de ocho a 12 años con padres separados o divorciados, con otros tantos menores que no han vivido este trance.
"Los niveles más elevados de ansiedad en los hijos de padres divorciados se manifiestan sobre todo en el plano psicofisiológico y motor... Cuando no permanecen con sus progenitores sienten molestias físicas, como dolor de cabeza o tripa, tienen ganas de llorar y tratan de evitar la separación física con ellos a través, por ejemplo, de llamadas telefónicas...", determinan los autores en sus conclusiones.
Sobre todo si su custodia no es compartida. "Este hecho es muy importante en el desarrollo de los hijos, y en este sentido, defendemos claramente la opción de la custodia compartida. La Ley dice que se conceda de esta forma casi como último recurso cuando debería ser el primero", recuerda a elmundo.es José Cantón, del Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Universidad de Granada.
Desde que en 1981 se aprobó en España la Ley del Divorcio, el número de separaciones se ha incrementado de forma considerable año tras año hasta convertirnos en el país de la Unión Europea con las mayores tasas. En 2006, por ejemplo, se registraron 93.000 divorcios y 55.000 separaciones.
La Asociación Americana de Psiquiatría considera la ruptura conyugal como "una experiencia muy estresante para los hijos que puede tener consecuencias a corto, medio y largo plazo y que es capaz, además, de generar problemas físicos, emocionales, escolares y sociales.
Los motivos. "El desarrollo emocional saludable de todo ser humano requiere que la presencia de un padre y una madre se acompañe de la adopción de responsabilidades en tareas de cuidado y protección de los hijos, así como la necesidad de construir un contexto familiar amoroso, consistente y estable que propicie y favorezca la instauración y consolidación de sentimientos de confianza básica en el niño", documenta Reyes Vallejo, profesora de la Facultad de Psicología de la Universidad de Sevilla.
De hecho, y pese a que "la mayoría de los niños se adapta bien al divorcio, de un 20% a un 25% desarrolla síntomas graves. Aunque muchos aparenten normalidad, pueden estar sufriendo altos niveles de estrés y sentimientos de dolor. Una de las consecuencias a largo plazo más frecuentes es el sentimiento de pérdida del padre y la tendencia a enjuiciar su vida actual a través del prisma del divorcio vivido, especialmente cuando fue conflictivo y bajo la custodia exclusiva de la madre", explica el profesor Cantón.
Los autores del nuevo trabajo han constatado también que el impacto psicológico de la separación varía según la edad del menor y el género. "Los menores de ocho y nueve años de padres separados presentan más ansiedad que los chicos más mayores y las niñas presentan más miedo a la separación momentánea de los progenitores que los niños", insisten.
Diferente también es la forma de manifestar el 'golpe' de la separación. "Las chicas tienden más a interiorizar los problemas (psicomatización, ansiedad, depresión...) y ellos a exteriorizarlos (desobediencia, conductas agresivas o antisociales)", apunta el profesor de Granada.
Normalmente, los hijos de padres separados residen con "la madre y permanecen con el padre eventualmente. Pero en los periodos de vacaciones el niño se traslada al hogar paterno, momento en el que el contacto con la madre es esporádico... La separación de ella puede condicionar la ansiedad del niño en ocasiones futuras, aumentando su vulnerabilidad a reaccionar de forma ansiosa ante cualquier separación cotidiana", reflexionan los profesores de la Universidad Miguel Hernández y la de Murcia.
Ésta es una de las razones por las que aseguran que "la cooperación entre cónyuges y la ausencia de desavenencias entre ellos favorece un contacto frecuente del niño con ambos y, por tanto, puede reducir su conducta de temor ante la ausencia de las figuras de apego y fomentar su confianza y autonomía".
MADRID.- "No me atrevía a contar en el colegio que mis padres se habían separado... Estaba muy triste y no me concentraba para estudiar. Mis notas bajaron. Tampoco me apetecía salir con mis amigos". Así vivió Luis la separación de sus padres. Su testimonio, recogido en la sección 'Ser joven' de la página web de la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPap), refleja los 'efectos secundarios' de las rupturas conyugales en los hijos.
La tristeza es un sentimiento muy común entre los niños y niñas que ven como cambia su estructura familiar. Pero también lo es, al parecer, el trastorno de ansiedad por separación.
Mireia Orgilés, José Pedro Espada, ambos de la Universidad Miguel Hernández de Elche (Alicante) y Xavier Méndez Carrillo, de la Universidad de Murcia, firman un trabajo en el último número de la revista 'Psicotema' [publicación del Colegio Oficial de Psicólogos del Principado de Asturias] que constata que los menores que han vivido una separación conyugal presentan niveles de ansiedad por separación y de ansiedad generalizada mayores que los niños cuyos padres permanecen juntos.
Los datos de la nueva investigación se han obtenido tras comparar la presencia de síntomas de ambos tipos de ansiedad en 95 estudiantes, de ocho a 12 años con padres separados o divorciados, con otros tantos menores que no han vivido este trance.
"Los niveles más elevados de ansiedad en los hijos de padres divorciados se manifiestan sobre todo en el plano psicofisiológico y motor... Cuando no permanecen con sus progenitores sienten molestias físicas, como dolor de cabeza o tripa, tienen ganas de llorar y tratan de evitar la separación física con ellos a través, por ejemplo, de llamadas telefónicas...", determinan los autores en sus conclusiones.
Sobre todo si su custodia no es compartida. "Este hecho es muy importante en el desarrollo de los hijos, y en este sentido, defendemos claramente la opción de la custodia compartida. La Ley dice que se conceda de esta forma casi como último recurso cuando debería ser el primero", recuerda a elmundo.es José Cantón, del Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Universidad de Granada.
Desde que en 1981 se aprobó en España la Ley del Divorcio, el número de separaciones se ha incrementado de forma considerable año tras año hasta convertirnos en el país de la Unión Europea con las mayores tasas. En 2006, por ejemplo, se registraron 93.000 divorcios y 55.000 separaciones.
La Asociación Americana de Psiquiatría considera la ruptura conyugal como "una experiencia muy estresante para los hijos que puede tener consecuencias a corto, medio y largo plazo y que es capaz, además, de generar problemas físicos, emocionales, escolares y sociales.
Los motivos. "El desarrollo emocional saludable de todo ser humano requiere que la presencia de un padre y una madre se acompañe de la adopción de responsabilidades en tareas de cuidado y protección de los hijos, así como la necesidad de construir un contexto familiar amoroso, consistente y estable que propicie y favorezca la instauración y consolidación de sentimientos de confianza básica en el niño", documenta Reyes Vallejo, profesora de la Facultad de Psicología de la Universidad de Sevilla.
De hecho, y pese a que "la mayoría de los niños se adapta bien al divorcio, de un 20% a un 25% desarrolla síntomas graves. Aunque muchos aparenten normalidad, pueden estar sufriendo altos niveles de estrés y sentimientos de dolor. Una de las consecuencias a largo plazo más frecuentes es el sentimiento de pérdida del padre y la tendencia a enjuiciar su vida actual a través del prisma del divorcio vivido, especialmente cuando fue conflictivo y bajo la custodia exclusiva de la madre", explica el profesor Cantón.
Los autores del nuevo trabajo han constatado también que el impacto psicológico de la separación varía según la edad del menor y el género. "Los menores de ocho y nueve años de padres separados presentan más ansiedad que los chicos más mayores y las niñas presentan más miedo a la separación momentánea de los progenitores que los niños", insisten.
Diferente también es la forma de manifestar el 'golpe' de la separación. "Las chicas tienden más a interiorizar los problemas (psicomatización, ansiedad, depresión...) y ellos a exteriorizarlos (desobediencia, conductas agresivas o antisociales)", apunta el profesor de Granada.
Normalmente, los hijos de padres separados residen con "la madre y permanecen con el padre eventualmente. Pero en los periodos de vacaciones el niño se traslada al hogar paterno, momento en el que el contacto con la madre es esporádico... La separación de ella puede condicionar la ansiedad del niño en ocasiones futuras, aumentando su vulnerabilidad a reaccionar de forma ansiosa ante cualquier separación cotidiana", reflexionan los profesores de la Universidad Miguel Hernández y la de Murcia.
Ésta es una de las razones por las que aseguran que "la cooperación entre cónyuges y la ausencia de desavenencias entre ellos favorece un contacto frecuente del niño con ambos y, por tanto, puede reducir su conducta de temor ante la ausencia de las figuras de apego y fomentar su confianza y autonomía".
Hembrismo, feminazismo o feminismo de género - Juan Pablo Mañueco
FRENTE al “Feminismo de Equidad” que cree en la igualdad de sexos, y que por tanto puede fomentarse por todo el “género humano” (de los dos sexos), se ha alzado el “Feminismo de Género”, una ideología totalitaria y militante que combate cuanto se le oponga (incluso el otro feminismo y, por supuesto, el “género” o más bien sexo odiado que debe ser batido: los hombres) y que propugna la desigualdad legal y judicial para uno de los sexos: el suyo.
El feminismo de género (mala traducción del americano “gender”, de donde proviene, aunque allí constituye una secta minoritaria y perfectamente identificada ya por el extremismo y peligrosidad de sus postulados) es una especie de hembrismo o machismo a la inversa, pero que presenta todos sus vicios: no busca la igualdad entre sexos sino la supremacía de uno sobre el otro, a la totalidad de cuyos integrantes se les declara enemigos cromosómicos, criminales en potencia, que, por tanto, han de ser vigilados y represaliados especialmente por las leyes.
Este género o clase de feminismo sectario americano comienza a ser conocido no sólo como hembrismo sino también como feminazismo, porque ofrece algunas curiosas o inquietantes similitudes: emprende campañas de criminalización y estigmatización de todo un grupo perseguido (hombres; antes, judíos); controla férreamente los medios de comunicación (para que sólo salgan noticias que interesen y en un solo sentido); impone legislaciones a medida en todos los órdenes y un sistema de “InJusticia” en contra del grupo perseguido; logra que la ley castigue más severamente a éste último por la misma falta o delito, al tiempo que debe ser quien pruebe su inocencia, por el contrario si los miembros del grupo privilegiado dañan o incluso asesinan a los perseguibles, se encontrarán mil excusas... acusándose a los tribunales de excesiva blandura con los delincuentes “habituales” o de ser cómplices ideológicos con ellos...
Otras similitudes: promueven la visión de que el grupo perseguido es responsable de la mayoría de los males de la sociedad, mientras que todo el grupo privilegiado está compuesto por víctimas inocentes de los demonizados; demandan privilegios especiales, puestos reservados en la Administración y subvenciones económicas crecientes para que sus militantes progresen tanto más cuanto más aticen el odio al enemigo; continuamente exponen los logros y los sufrimientos del grupo privilegiado mientras que se desprecian los contrarios.
Si ustedes conocen algún país donde este nazismo ya haya triunfado y sea asumido por el Gobierno, preocúpense porque el fanatismo no habrá hecho sino iniciarse...
Pero si, además, el Gobierno de ese país sólo se alía con fanáticos irracionales que no responden a verdades ni a equidades, sino sólo a desigualdades y a odios: feminazismos, mononacionalismos, etc.; su preocupación haría bien en ir en aumento, porque el futuro que le aguarda a ese país va a ser más que muy inquietante, sectario y violento.
Y, desde luego, no duden acerca del carácter sectario de ese Gobierno, ni de su verdadera ideología, aunque mientan sobre sus verídicos propósitos o se presenten bajo otras siglas distintas.
El feminismo de género (mala traducción del americano “gender”, de donde proviene, aunque allí constituye una secta minoritaria y perfectamente identificada ya por el extremismo y peligrosidad de sus postulados) es una especie de hembrismo o machismo a la inversa, pero que presenta todos sus vicios: no busca la igualdad entre sexos sino la supremacía de uno sobre el otro, a la totalidad de cuyos integrantes se les declara enemigos cromosómicos, criminales en potencia, que, por tanto, han de ser vigilados y represaliados especialmente por las leyes.
Este género o clase de feminismo sectario americano comienza a ser conocido no sólo como hembrismo sino también como feminazismo, porque ofrece algunas curiosas o inquietantes similitudes: emprende campañas de criminalización y estigmatización de todo un grupo perseguido (hombres; antes, judíos); controla férreamente los medios de comunicación (para que sólo salgan noticias que interesen y en un solo sentido); impone legislaciones a medida en todos los órdenes y un sistema de “InJusticia” en contra del grupo perseguido; logra que la ley castigue más severamente a éste último por la misma falta o delito, al tiempo que debe ser quien pruebe su inocencia, por el contrario si los miembros del grupo privilegiado dañan o incluso asesinan a los perseguibles, se encontrarán mil excusas... acusándose a los tribunales de excesiva blandura con los delincuentes “habituales” o de ser cómplices ideológicos con ellos...
Otras similitudes: promueven la visión de que el grupo perseguido es responsable de la mayoría de los males de la sociedad, mientras que todo el grupo privilegiado está compuesto por víctimas inocentes de los demonizados; demandan privilegios especiales, puestos reservados en la Administración y subvenciones económicas crecientes para que sus militantes progresen tanto más cuanto más aticen el odio al enemigo; continuamente exponen los logros y los sufrimientos del grupo privilegiado mientras que se desprecian los contrarios.
Si ustedes conocen algún país donde este nazismo ya haya triunfado y sea asumido por el Gobierno, preocúpense porque el fanatismo no habrá hecho sino iniciarse...
Pero si, además, el Gobierno de ese país sólo se alía con fanáticos irracionales que no responden a verdades ni a equidades, sino sólo a desigualdades y a odios: feminazismos, mononacionalismos, etc.; su preocupación haría bien en ir en aumento, porque el futuro que le aguarda a ese país va a ser más que muy inquietante, sectario y violento.
Y, desde luego, no duden acerca del carácter sectario de ese Gobierno, ni de su verdadera ideología, aunque mientan sobre sus verídicos propósitos o se presenten bajo otras siglas distintas.
diumenge, 12 d’octubre del 2008
NOTA DE PRENSA 11.10.2008 / NOTA DE PREMSA 11.10.2008 ( CASTELLANO / CATALÀ )
ADICC (Assoc. Dones per la Igualtat i la Custòdia Compartida)
Presidenta: Nuria Sauné Corral – DNI ……………… Telf ........................
Sotspresidenta: Cristina Tenas i Rosell DNI ................... Telf ........................
Secretària: Elena Porras i Sanchez DNI ....................... Telf ....................
COMUNICAT DE PREMSA
Barcelona a 11 d’octubre de 2008.
Llegides les darreres notícies publicades per diversos rotatius de tirada nacional, a data d’avui, l’Associació de Dones per la Igualtat i la Custòdia Compartida, vol fer saber el que segueix:
ADICC és una associació de Feministes que rebutja enèrgicament la discriminació positiva així com la negativa. Especialment en els temes de família, on considerem que aquestes discriminacions són més punyents. Tanmateix, ens desmarquem de grups anomenats feministes de tendència radical que utilitzen les dones com a objecte de venjança vers els homes posant en evidencia la seva lluita per la desigualtat entre persones.
ADICC defensa i defensarà sempre, i sobretot pel benefici dels infants, la custòdia compartida d’aquests un cop el matrimoni es dissol. Està més que demostrat per estudis de països que estan socialment més avançats que el nostre, que la custòdia monoparental és negativa pel creixement emocional dels menors, que els crea problemes de relació amb els iguals, que els aboca a prematures addiccions a drogues, a relacions sexuals prematures, i que a més els crea un conflicte de lleialtat entre ambdós pares que els marca de per vida, a més de tenir sovint, sentiments de culpa.
ADICC no accepta eufemismes ni mitges tintes. ADICC creu en la igualtat i la corresposabilitat COTIDIANA en l’educació, l’oci, l’alimentació i l’orientació dels fills per part d’ambdós progenitors, i famílies d’aquests, al igual que la gaudeixen els nens de famílies tradicionals. El mot custòdia compartida no pot ésser solapat per la pàtria potestat (responsabilitat parental compartida) ja que, com tothom sap, poc té a veure una cosa amb l’altra i molt menys l’exercici d’ambdues opcions.
ADICC exigeix a les autoritats legislatives catalanes que no caiguin de nou en el parany d’aquelles persones que fan del divorci i dels fills un negoci. Exigim que es vetlli pels drets dels nens, i per la igualtat entre sexes. I com no, que es deixin de discriminar els nens depenent del model de família del que provenen.
ADDIC exigeix al les autoritats polítiques que no es deixin manipular com va fer el Govern espanyol l’any 2005. Exigeix al Govern Català que actuï sense por i escolti el que la societat està demanant. Exigeix que les lleis s’adaptin a la realitat social sense cap concessió interpretativa.
Tanmateix, ADDIC informa als mitjans que el proper dimarts dia 14 d’octubre s’oferirà una roda de premsa a les 17,30 h davant el Parlament de Catalunya i a la sortida de la reunió que les associacions catalanes pro-custòdia compartida mantindran amb el PSC.
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Leídas las últimas noticias publicadas por diversos rotativos de tirada nacional, a fecha de hoy, la Associació de Dones per la Igualdad i la Custòdia Compartida, quiere hacer saber lo siguiente:
ADICC es una asociación de Feministas que rechaza enérgicamente la discriminación positiva así como la negativa. Especialmente en los temas de familia, donde consideramos que estas discriminaciones son más hirientes. Asimismo, nos desmarcamos de grupos llamados feministas de tendencia radical que utilizan a las mujeres como objeto de venganza hacia los hombres poniendo en evidencia su lucha por la desigualad entre personas.
ADICC defiende y defenderá siempre, y sobre todo por el beneficio de los menores, la custodia compartida de estos una vez se ha disuelto el matrimonio. Está más que demostrado por estudios de países que están socialmente más avanzados que el nuestro, que la custodia monoparental es negativa para el crecimiento emocional de los menores, que les crea problemas de relación con los iguales, que los aboca a prematuras adicciones a drogas, a relaciones sexuales prematuras, i que además les crea un conflicto de lealtad entre ambos padres que los marca de por vida, además de tener frecuentemente, sentimientos de culpa.
ADICC no acepta eufemismos ni medias tintas. ADICC cree en la igualad y la corresposabilitat COTIDIANA en la educación, el ocio, la alimentación y la orientación de los hijos por parte de ambos progenitores, y las familias de estos, al igual que la disfrutan los niños de familias tradicionales. La palabra custodia compartida no puede ser solapada por la patria potestad (responsabilidad parental de carácter compartido) ya que, como todo el mundo sabe, poco tiene que ver una cosa con la otra y mucho menos el ejercicio de ambas opciones.
ADICC exige a les autoridades legislativas catalanas que no caigan de nuevo en la trampa de aquellos grupos que hacen del divorcio y de los hijos un negocio. Exigimos que se vele por los derechos de los niños, y por la igualad real entre sexos. Y como no, que se deje de discriminar a los niños dependiendo del modelo de familia del que provienen.
ADICC exige a las autoridades políticas que no se dejen manipular como hizo el Gobierno español en el año 2005. Exige al Gobierno Catalán que actúe sin miedo y escuche a lo que la sociedad está pidiendo. Exige que las leyes se adapten a la realidad social sin ninguna concesión interpretativa.
Asimismo, ADICC informa a los medios de comunicación que el próximo martes día 14 de octubre se ofrecerá una rueda de prensa a les 17,30 h delante el Parlament de Catalunya, a la salida de la reunión que previamente tendrán les asociaciones catalanas pro-custodia compartida con el PSC
Presidenta: Nuria Sauné Corral – DNI ……………… Telf ........................
Sotspresidenta: Cristina Tenas i Rosell DNI ................... Telf ........................
Secretària: Elena Porras i Sanchez DNI ....................... Telf ....................
COMUNICAT DE PREMSA
Barcelona a 11 d’octubre de 2008.
Llegides les darreres notícies publicades per diversos rotatius de tirada nacional, a data d’avui, l’Associació de Dones per la Igualtat i la Custòdia Compartida, vol fer saber el que segueix:
ADICC és una associació de Feministes que rebutja enèrgicament la discriminació positiva així com la negativa. Especialment en els temes de família, on considerem que aquestes discriminacions són més punyents. Tanmateix, ens desmarquem de grups anomenats feministes de tendència radical que utilitzen les dones com a objecte de venjança vers els homes posant en evidencia la seva lluita per la desigualtat entre persones.
ADICC defensa i defensarà sempre, i sobretot pel benefici dels infants, la custòdia compartida d’aquests un cop el matrimoni es dissol. Està més que demostrat per estudis de països que estan socialment més avançats que el nostre, que la custòdia monoparental és negativa pel creixement emocional dels menors, que els crea problemes de relació amb els iguals, que els aboca a prematures addiccions a drogues, a relacions sexuals prematures, i que a més els crea un conflicte de lleialtat entre ambdós pares que els marca de per vida, a més de tenir sovint, sentiments de culpa.
ADICC no accepta eufemismes ni mitges tintes. ADICC creu en la igualtat i la corresposabilitat COTIDIANA en l’educació, l’oci, l’alimentació i l’orientació dels fills per part d’ambdós progenitors, i famílies d’aquests, al igual que la gaudeixen els nens de famílies tradicionals. El mot custòdia compartida no pot ésser solapat per la pàtria potestat (responsabilitat parental compartida) ja que, com tothom sap, poc té a veure una cosa amb l’altra i molt menys l’exercici d’ambdues opcions.
ADICC exigeix a les autoritats legislatives catalanes que no caiguin de nou en el parany d’aquelles persones que fan del divorci i dels fills un negoci. Exigim que es vetlli pels drets dels nens, i per la igualtat entre sexes. I com no, que es deixin de discriminar els nens depenent del model de família del que provenen.
ADDIC exigeix al les autoritats polítiques que no es deixin manipular com va fer el Govern espanyol l’any 2005. Exigeix al Govern Català que actuï sense por i escolti el que la societat està demanant. Exigeix que les lleis s’adaptin a la realitat social sense cap concessió interpretativa.
Tanmateix, ADDIC informa als mitjans que el proper dimarts dia 14 d’octubre s’oferirà una roda de premsa a les 17,30 h davant el Parlament de Catalunya i a la sortida de la reunió que les associacions catalanes pro-custòdia compartida mantindran amb el PSC.
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Leídas las últimas noticias publicadas por diversos rotativos de tirada nacional, a fecha de hoy, la Associació de Dones per la Igualdad i la Custòdia Compartida, quiere hacer saber lo siguiente:
ADICC es una asociación de Feministas que rechaza enérgicamente la discriminación positiva así como la negativa. Especialmente en los temas de familia, donde consideramos que estas discriminaciones son más hirientes. Asimismo, nos desmarcamos de grupos llamados feministas de tendencia radical que utilizan a las mujeres como objeto de venganza hacia los hombres poniendo en evidencia su lucha por la desigualad entre personas.
ADICC defiende y defenderá siempre, y sobre todo por el beneficio de los menores, la custodia compartida de estos una vez se ha disuelto el matrimonio. Está más que demostrado por estudios de países que están socialmente más avanzados que el nuestro, que la custodia monoparental es negativa para el crecimiento emocional de los menores, que les crea problemas de relación con los iguales, que los aboca a prematuras adicciones a drogas, a relaciones sexuales prematuras, i que además les crea un conflicto de lealtad entre ambos padres que los marca de por vida, además de tener frecuentemente, sentimientos de culpa.
ADICC no acepta eufemismos ni medias tintas. ADICC cree en la igualad y la corresposabilitat COTIDIANA en la educación, el ocio, la alimentación y la orientación de los hijos por parte de ambos progenitores, y las familias de estos, al igual que la disfrutan los niños de familias tradicionales. La palabra custodia compartida no puede ser solapada por la patria potestad (responsabilidad parental de carácter compartido) ya que, como todo el mundo sabe, poco tiene que ver una cosa con la otra y mucho menos el ejercicio de ambas opciones.
ADICC exige a les autoridades legislativas catalanas que no caigan de nuevo en la trampa de aquellos grupos que hacen del divorcio y de los hijos un negocio. Exigimos que se vele por los derechos de los niños, y por la igualad real entre sexos. Y como no, que se deje de discriminar a los niños dependiendo del modelo de familia del que provienen.
ADICC exige a las autoridades políticas que no se dejen manipular como hizo el Gobierno español en el año 2005. Exige al Gobierno Catalán que actúe sin miedo y escuche a lo que la sociedad está pidiendo. Exige que las leyes se adapten a la realidad social sin ninguna concesión interpretativa.
Asimismo, ADICC informa a los medios de comunicación que el próximo martes día 14 de octubre se ofrecerá una rueda de prensa a les 17,30 h delante el Parlament de Catalunya, a la salida de la reunión que previamente tendrán les asociaciones catalanas pro-custodia compartida con el PSC
divendres, 10 d’octubre del 2008
SOBRE QUIÉN RECAERÁN SUS MUERTES...? - Elena Porras
http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20081012/53558803028.html
SOBRE QUIÉN RECAERAN SUS MUERTES...?
Injusta y tristemente, cada vez que escuchamos un episodio de violencia en este país, se tiende a culpabilizar a un sector de nuestra sociedad por el simple motivo de ser personas del mismo sexo, que el agresor o asesino, que lo cometió.Desgraciadamente, los sectores más radicales feministas tambien llamados hembristas, utilizan esas muertes para engordar sus listas de estadísticas, en su único y propio beneficio, por un intento más de señalar con el dedo a los varones como causantes de todo mal, (manteniendo así, su rentable negocio de victimizar más a las víctimas, y culpar al hombre sistemáticamente, en nombre de un feminismo obsoleto y nada que ver con el feminismo de igualdad que perseguimos las mujeres del siglo XXI).Soy consciente de que en este país (y por supuesto fuera de él), hay personas que viven mirando continuamente a su espalda con el temor de poder ser la próxima víctima. Y sé, que todo maltrato conlleva un período de recuperación. Sé que no todos tenemos la misma capacidad de cura y que una debilitada autoestima necesita ser alimentada dia a dia para lograr que se llene de nuevo de esperanza e ilusión. Sé que las heridas tanto externas como las que no son visibles (estas tardan más,en sanar), poco a poco irán cicatrizando, aunque lamentablemente su recuerdo perdure por siempre más en nuestra memoria. Por ello sé también, que todo tiene un principio y un fin y que lo que un dia no nos mató, hoy nos ha hecho más fuertes.No permitamos que eso sea un lastre que nos impida seguir avanzando. Que nos impida ser capaces de racionalizar, culpabilizando a quiénes nunca nos dañaron. Nuestro/Vuestro, su verdugo, el verdadero MALTRATADOR, es quién debe pagar por todo eso. No fue el vecino de enfrente, ni aquél compañero de trabajo, ni aquél que vive a 1.000kms de ti, no fue aquél PADRE que lucha por ver crecer a sus hijos y compartir con ellos su vida cotidiana, no es a ellos a quiénes hay que juzgar.Deberíamos recordar a aquellas que sin ningún escrúpulo, utilizan el sufrimiento y las lágrimas derramadas de las que realmente son y han sido víctimas. Aquellas que con el afán de lucrarse y conseguir un divorcio económicamente más suculento son capaces de la mayor de las mentiras, aquellas a quienes la felicidad de sus hijos poco importa pues son utilizados como moneda de cambio, cheque en blanco, listo al uso…que la próxima denuncia en falso que hagan, la próxima demanda sin fundamento, la próxima orden de alejamiento que soliciten con la única finalidad de complicar a un padre su libre derecho a ejercer como tal, arruinándole económica y emocionalmente y con ello colapsando el sistema judicial y los efectivos policiales, (que son y deben estar para velar por la seguridad e integridad de quiénes realmente,los necesitan,ya sean niños,mujeres o hombres)… Ellas son en muchas ocasiones las verdugos de las realmente maltratadas.Que la próxima muerte y lamentablemente las que le sigan, recaigan sobre sus conciencias, haciendo cómplices a todos: abogados/as que aconsejais y potencíais que esto sea posible, a todos los jueces/zas, que admiten a trámite demandas ridículas, a todos los políticos/as que os manteneis al margen provocando por ello un desamparo legal…Que sepáis que no sois menos culpables que los verdaderos asesinos y que estais cometiendo a diario un delito moral: señalar con el dedo culpabilizador a aquellos que simplemente pretender seguir ejerciendo de PADRES!!
Elena Porras/DONES PER LA IGUALTAT I LA CUSTÒDIA COMPARTIDA
SOBRE QUIÉN RECAERAN SUS MUERTES...?
Injusta y tristemente, cada vez que escuchamos un episodio de violencia en este país, se tiende a culpabilizar a un sector de nuestra sociedad por el simple motivo de ser personas del mismo sexo, que el agresor o asesino, que lo cometió.Desgraciadamente, los sectores más radicales feministas tambien llamados hembristas, utilizan esas muertes para engordar sus listas de estadísticas, en su único y propio beneficio, por un intento más de señalar con el dedo a los varones como causantes de todo mal, (manteniendo así, su rentable negocio de victimizar más a las víctimas, y culpar al hombre sistemáticamente, en nombre de un feminismo obsoleto y nada que ver con el feminismo de igualdad que perseguimos las mujeres del siglo XXI).Soy consciente de que en este país (y por supuesto fuera de él), hay personas que viven mirando continuamente a su espalda con el temor de poder ser la próxima víctima. Y sé, que todo maltrato conlleva un período de recuperación. Sé que no todos tenemos la misma capacidad de cura y que una debilitada autoestima necesita ser alimentada dia a dia para lograr que se llene de nuevo de esperanza e ilusión. Sé que las heridas tanto externas como las que no son visibles (estas tardan más,en sanar), poco a poco irán cicatrizando, aunque lamentablemente su recuerdo perdure por siempre más en nuestra memoria. Por ello sé también, que todo tiene un principio y un fin y que lo que un dia no nos mató, hoy nos ha hecho más fuertes.No permitamos que eso sea un lastre que nos impida seguir avanzando. Que nos impida ser capaces de racionalizar, culpabilizando a quiénes nunca nos dañaron. Nuestro/Vuestro, su verdugo, el verdadero MALTRATADOR, es quién debe pagar por todo eso. No fue el vecino de enfrente, ni aquél compañero de trabajo, ni aquél que vive a 1.000kms de ti, no fue aquél PADRE que lucha por ver crecer a sus hijos y compartir con ellos su vida cotidiana, no es a ellos a quiénes hay que juzgar.Deberíamos recordar a aquellas que sin ningún escrúpulo, utilizan el sufrimiento y las lágrimas derramadas de las que realmente son y han sido víctimas. Aquellas que con el afán de lucrarse y conseguir un divorcio económicamente más suculento son capaces de la mayor de las mentiras, aquellas a quienes la felicidad de sus hijos poco importa pues son utilizados como moneda de cambio, cheque en blanco, listo al uso…que la próxima denuncia en falso que hagan, la próxima demanda sin fundamento, la próxima orden de alejamiento que soliciten con la única finalidad de complicar a un padre su libre derecho a ejercer como tal, arruinándole económica y emocionalmente y con ello colapsando el sistema judicial y los efectivos policiales, (que son y deben estar para velar por la seguridad e integridad de quiénes realmente,los necesitan,ya sean niños,mujeres o hombres)… Ellas son en muchas ocasiones las verdugos de las realmente maltratadas.Que la próxima muerte y lamentablemente las que le sigan, recaigan sobre sus conciencias, haciendo cómplices a todos: abogados/as que aconsejais y potencíais que esto sea posible, a todos los jueces/zas, que admiten a trámite demandas ridículas, a todos los políticos/as que os manteneis al margen provocando por ello un desamparo legal…Que sepáis que no sois menos culpables que los verdaderos asesinos y que estais cometiendo a diario un delito moral: señalar con el dedo culpabilizador a aquellos que simplemente pretender seguir ejerciendo de PADRES!!
Elena Porras/DONES PER LA IGUALTAT I LA CUSTÒDIA COMPARTIDA
dimarts, 7 d’octubre del 2008
CARTA D'UN PARE AL SEU FILL
T'anyoro. I anyoro sentir ta veu, mirar ta mirada, olorarte els cabells i besarte les galtes... Anyoro els estius estirats sota el sostre de la nit farcida d'estels, contant els núvols i descobrint al cel velles històries de pirates. Anyoro els acudits, els esclats de riure, les cançons i els somriures innocents.
T'anyoro. I anyoro l'embat de la mar colpejant-nos la cara.... la mar, la nostra. La dels rostres curtits pel salnitre i l'aroma a Mediterrània. La dels crancs i les capbussades a la recerca de caragoles, la que has après a estimar amb jo, aquesta amant que sempre duràs a dintre, més enllà del temps, la que de per lluny que te'n facis, mai no oblidaràs.
T'anyoro. I anyoro la xocolata escampada pels llavis, i l'orenga omnipresent al racó dels fogons. Anyoro el record de les nits amb la Ventafocs, les de "papi tinc por", les llargues matinades i els malaïts malsons. L'amor de pare, de fill, de qui t'estima més? Les llargues marxes urbanes, els vaixells malparats per mil i una batalles, i fins i tot els per què en Bobby?
T'anyoro i no puc fer més que anyorar-te. Quan no hi ets, quan hi ets absent, quan et sento solitari en la distància, quan em demano què faràs, amb qui, si ets feliç, si ho diràs o si en parlarem quan vinguis, amb la por que li he agafat als silencis.
P. Martí G.
T'anyoro. I anyoro l'embat de la mar colpejant-nos la cara.... la mar, la nostra. La dels rostres curtits pel salnitre i l'aroma a Mediterrània. La dels crancs i les capbussades a la recerca de caragoles, la que has après a estimar amb jo, aquesta amant que sempre duràs a dintre, més enllà del temps, la que de per lluny que te'n facis, mai no oblidaràs.
T'anyoro. I anyoro la xocolata escampada pels llavis, i l'orenga omnipresent al racó dels fogons. Anyoro el record de les nits amb la Ventafocs, les de "papi tinc por", les llargues matinades i els malaïts malsons. L'amor de pare, de fill, de qui t'estima més? Les llargues marxes urbanes, els vaixells malparats per mil i una batalles, i fins i tot els per què en Bobby?
T'anyoro i no puc fer més que anyorar-te. Quan no hi ets, quan hi ets absent, quan et sento solitari en la distància, quan em demano què faràs, amb qui, si ets feliç, si ho diràs o si en parlarem quan vinguis, amb la por que li he agafat als silencis.
P. Martí G.
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custodia compartida,
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divorci
MANIFIESTO RUEDA DE PRENSA - MANIFESTACION MADRID 5 OCT POR LA CC
www.unidosporlacustodiacompartida.org
Hotel Arturo Norte, 2 de octubre de 2008.
Rueda de Prensa: Colectivo Unidos por la Custodia Compartida
El próximo domingo, 5 de octubre de 2008, bajo la denominación común de UNIDOS POR LA CUSTODIA COMPARTIDA, el colectivo de Madres y Padres Separados saldrá a la calle a reivindicar el derecho fundamental de los niños para desarrollarse, manteniendo los mismos vínculos con ambos progenitores.
En nuestro país, las últimas modificaciones legislativas en materia civil y penal, además de crear nuevos escenarios de extrema conflictividad y violencia, han propiciado la semiorfandad de la mayor parte de la población infantil inmersa en los contextos de separaciones y divorcios, impidiendo una evolución de las resoluciones judiciales en esta materia, verdaderamente acorde con los modelos sociales y el reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares.
Son pocos los estudios realizados en España sobre las consecuencias que generan en los niños, modelos de divorcio que sistemáticamente otorgan custodias monoparentales. Por ello, para conseguir datos hay que acudir a los estudios realizados en el mundo anglosajón, de donde hemos importado los patrones sociales y los modelos políticos, que en muchos de ellos ya están totalmente superados, ante la evidencia de sus consecuencias.
De España, es interesante leer las conclusiones del Informe Arce-Fariñas-Seijo , sobre los razonamientos judiciales en los procesos de separación, en el que tras una investigación sistemática y profunda del contenido de 783 sentencias obtenidas de forma aleatoria del todo el territorio nacional, se evidenció que las decisiones judiciales en el establecimiento de la guarda y custodia así como el régimen de visitas se tomaban de forma estereotipada, estableciendo la madre como progenitor custodio en un porcentaje superior al 90% de los casos y demostrando que el 57,3% de las sentencias no estaban motivadas en criterio alguno. Esto, al tiempo que se descubría que los criterios de motivación no eran siempre válidos; los criterios de decisión no eran consistentes intergénero del padre custodio, y que en los procedimientos la información se "orientaba a la tarea" y a la "exclusión de la información contraria a la decisión alcanzada".
Según datos del INE se viene produciendo, desde la modificación del código civil que introdujo el divorcio Express, un aumento en las tasas de divorcio. Cada año se producen alrededor de 140.000 divorcios y separaciones. Alrededor de 97.000 niños cada año se enfrentan a este proceso de sus progenitores. De la misma fuente así como del CGPJ, se ha señalado que el índice de contenciosidad se ha disparado del 35% en el 2006 hasta el 41% en el 2007.
Con estos mimbres estamos creando una infancia que está perdiendo la referencia de uno de sus progenitores, (mayoritariamente, como hemos visto, la del progenitor paterno). Los tristemente llamados regimenes de visita que se establecen a favor del progenitor no custodio, habitualmente fines de semana alternos, provocan un desarraigo afectivo-emocional que según los expertos tiene graves consecuencias en el desarrollo posterior de esta infancia. Desde la perspectiva de estos progenitores es difícil participar activamente en el proceso madurativo de sus hijos con apenas 4 días por mes.
Además se produce una segunda derivada como consecuencia de esas decisiones judiciales: el alejamiento de la familia extensa del progenitor no custodio, es decir, tios, primos, abuelos y demás familia paterna. Abuelos que en muchos casos han sido los verdaderos sostenedores de las dinámicas socio-familiares actuales, ya que al trabajar ambos progenitores y con horarios que no siempre permiten conciliar su vida laboral y familiar, han tenido que recurrir a los abuelos como cuidadores de los menores.
Partiendo de estos datos, podemos ver que consecuencias va a tener esto en la infancia inmersa en estos procedimientos.
De los estudios realizados en el mundo anglosajón podemos extraer las siguientes conclusiones resumen:
Según el U.S.A. Department of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y relación con su padre, son:
§ 5 veces más propensos a cometer suicidio.
§ 32 veces más propensos a irse de casa.
§ 20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
§ 14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
§ 9 veces más propensos a abandonar los estudios.
§ 10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
§ 20 veces más propensos a acabar en prisión.
El problema de la ausencia del padre se ha estudiado en otros países de modo muy directo a través de los centro de protección de la infancia y otras instituciones, en particular:
* hospitales para el tratamiento de la drogadicción y el alcoholismo en los jóvenes* servicios de salud pública para el tratamiento de los trastornos de la conducta* centros de enseñanza primaria y secundaria* universidades (para comprobar las tasas de abandono)* archivos policiales (sobre pertenencia a bandas urbanas y actividad delictiva)* servicios públicos de salud (que atienden casos de embarazos precoces)
Estudios sobre las consecuencias que tiene, a medio y largo plazo, el apartar al padre de la vida de los afectados. (ver anexo final)*
Además no podemos obviar otros datos significativos:
El maltrato a niños en las nuevas estructuras familiares (creadas después de la ley de divorcio de 1981)
Según datos del Centro de Reina Sofia para el estudio de la violencia y del INE, los porcentajes de maltrato infantil correspondientes a los distintos tipos de famlia en la sociedad española (1997-1998), en comparación con las familias tradicionales eran: 16,9 veces más frecuentes en familias monoparentales y 4,6 veces más frecuentes en familias reconstituidas.
Los 4 tipos de maltrato infantil que se recogen en los estudios internacionales son: Negligencia, Abuso físico, Abuso sexual y Abuso emocional.
El mismo Centro Reina Sofía, con datos del 2001 atendiendo a esta metodología, y sin tomar en consideración el estado civil de los progenitores (es decir, en la población en general) presentaba que un 52,5% de las madres biológicas eran las agresoras (maltrato global), frente a un 35,8% de los padres biológicos.
Idénticos porcentajes recogía Save the Children, en un trabajo que realizó sobre los niños y niñas victimas de violencia de género, cuando analizaba el parentesco de los agresores con las víctimas de maltrato infantil.
Estamos participando en uno de los ataques más brutales al desarrollo de nuestra infancia, olvidándonos de los principios recogidos en la Convención de los Derechos de los Niños de Naciones Unidas (artículos 3-5-8-9-18-19), a cuyos postulados se adhirió España; lo que nos lleva a hablar de auténtico maltrato institucional hacia los menores, definiendo éste como el derivado de cualquier legislación, programa, procedimiento, actuación u omisión de los poderes públicos que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño.
Es imperativo por tanto adoptar modelos de coparentalidad que permitan relacionarse a los menores con ambos progenitores en igualdad, que no diferencien entre progenitores de primera y de segunda, que respeten las responsabilidades, derechos y deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia amplia, para que el niño pueda ejercer los derechos que tiene reconocidos internacionalmente (art.5 Convención de los Derechos de los Niños).
Ante este panorama exigimos al gobierno la modificación de la Ley de Divorcio de 2005, que si bien simplificaba los mecanismos de ruptura de las parejas, cuando han decidido poner fin a su proyecto común de vida, ha fracasado totalmente en la regulación del reparto de las responsabilidades respecto a los hijos de las mismas.
Es en este punto donde pedimos que se redacte de nuevo el artículo 92 del Código Civil y se establezca la custodia compartida como modelo preferente, dejando como excepción la custodia exclusiva, justamente al revés de lo que ocurre en realidad.
Este modelo, con diferentes denominaciones, es el que impera en los países de nuestro entorno: Francia, Italia, Suecia, Alemania, Dinamarca, Portugal, una gran mayoría de los Estados de USA, y en otros, teóricamente menos desarrollados como Brasil, o recientemente Perú.
En la actualidad, el Parlamento de Cataluña debate un proyecto de ley, dentro del nuevo código de familia, que contempla la custodia compartida como la opción más positiva para el menor, y cuya concesión no se hace depender del informe del fiscal, ni del acuerdo y buena relación entre los progenitores.
Esto producirá un agravio comparativo intolerable entre los derechos de los menores de Cataluña y los del resto de los niños españoles. Por ello demandamos la modificación del código civil español en este punto.
Muy recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha emitido dos sentencias donde desgrana los beneficios de la Custodia Compartida en los menores inmersos en estas rupturas, de donde cabe destacar afirmaciones tan categóricas como:
“la llamada -custodia compartida- o conjunta por ambos progenitores presenta indudables ventajas para la evolución y desarrollo del niño en las situaciones de conflicto familiar producido por la ruptura matrimonial, en la medida en que evita la aparición de los “conflictos de lealtades” de los menores para con sus padres, favorece la comunicación de éstos entre sí, aunque no sirva para disminuir las diferencias entre ellos”
“ayuda a concebir el reparto equilibrado de cargas derivadas de la relación paterno filial como algo consustancial y natural, y no como algo eventual o accidental, favoreciendo la implantación en los hijos de la idea de la igualdad de sexos”.
“a) se garantiza a los hijos la posibilidad de disfrutar de la presencia de ambos progenitores, pese a la ruptura de las relaciones de pareja, siendo tal presencia similar de ambas figuras parentales y constituye el modelo de convivencia que más se acerca a la forma de vivir de los hijos durante la convivencia de pareja de sus padres, por lo que la ruptura resulta menos traumática;
b) se evitan determinados sentimientos negativos en los menores, entre los cuales cabe relacionar los siguientes: miedo al abandono; sentimiento de lealtad; sentimiento de culpa; sentimiento de negación; sentimiento de suplantación; etc.,
c) se fomenta una actitud más abierta de los hijos hacia la separación de los padres que permite una mayor aceptación del nuevo contexto y se evitan situaciones de manipulación consciente o inconsciente por parte de los padres frente a los hijos;
e) se garantiza a los padres la posibilidad de seguir ejerciendo sus derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, evitando, así, el sentimiento de pérdida que tiene el progenitor cuando se atribuye la custodia al otro progenitor y la desmotivación que se deriva cuando debe abonarse la pensión de alimentos, consiguiendo, además, con ello, una mayor concienciación de ambos en la necesidad de contribuir a los gastos de los hijos;
f) no se cuestiona la idoneidad de ninguno de los progenitores;
g) hay una equiparación entre ambos progenitores en cuanto a tiempo libre para su vida personal y profesional, con lo que se evitan de esta manera dinámicas de dependencia en la relación con los hijos, pues en ocasiones el dolor y vacío que produce una separación se tiende a suplir con la compañía del hijo o hija que se convierte así en la única razón de vivir de un progenitor;
h) los padres han de cooperar necesariamente, por lo que el sistema de guarda compartida favorece la adopción de acuerdos, lo que se convierte asimismo en un modelo educativo de conducta para el menor.”
Además, la custodia compartida es una política de verdadera igualdad entre mujeres y hombres, una política de progreso, de conciliación de la vida laboral y familiar, favoreciendo la transformación definitiva de la sociedad y de los viejos clichés acerca de los roles femenino y masculino.
Si criticamos la ley actual es porque ha generado un aumento de la contenciosidad, (hasta el 41% de los procedimientos), es el caldo de cultivo del sometimiento de los menores a un conflicto de lealtades por manipulación de los mismos, a través de provocar interferencias en la relación afectiva del menor respecto a uno de los progenitores, alienando dicha figura. (Según los expertos, más de 20.000 niños al año, padecen este maltrato emocional al utilizarse como arma arrojadiza contra el otro progenitor).
Por otra parte no debemos dejar de señalar que es una ley generadora de denuncias falsas, como ha señalado públicamente el Consejo General de la Abogacía Española, la Asociación Independiente de la Guardia Civil, y ha referido el propio Tribunal Supremo.
No podemos admitir la quiebra del estado de derecho que provoca lo hasta aquí expuesto, los ciudadanos han perdido la confianza en los poderes del Estado. En los máximos órganos judiciales observan un alto grado de politización y la capacidad de manipulación de determinados grupos de presión.
El ciudadano de a pie, percibe que se ha quebrado el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley (art. 14 de la CE), en contra del estado de derecho y de los valores democráticos por excelencia, validando una discriminación por razón de sexo que ha sido considerada constitucional.
Estamos acudiendo al descrédito de los jueces y de los profesionales que intervienen en los procesos de familia. Estos últimos actuando, en muchas ocasiones, con perjuicios aprioristicos contrarios al interés del menor, sin protocolos ni metodología unificada, sin aportar validez científica a sus criterios, fruto de lo cual fue abierta una investigación por el Defensor del Pueblo. Recordemos el dato que el 57% de las sentencias de atribución de guarda y custodia carecen de motivación alguna.
Desconfiamos de la clase política y de nuestros gobernantes, por hacer leyes contrarias al interés de los ciudadanos y fundamentalmente, a los derechos de los niños. La reforma de la Ley de Divorcio del 2005 fue adulterado en la fase de tramitación parlamentaria por la entrada en escena de poderosos grupos de presión que, desde el feminismo más conservador, quisieron cargarse la custodia compartida. La ex diputada de ERC, Rosa Mª Bonás, reconoció que se rebajaron los objetivos de la ley por la presión de estos grupos: “Pretendíamos abrir más la custodia de los hijos a los padres, pero nos dio pánico porque algunas feministas dijeron que lo que queríamos era favorecer a los maltratadores”.
Tras la aprobación de dicha ley, (con la supuesta equivocación de la orientación del voto socialista en el Congreso), el exministro López Aguilar se comprometió a rectificar y subsanar sus errores. Ni López Aguilar ni el Sr. Bermejo han rectificado aún una Ley que, cuando menos, fue resultado de un “error”.
Como resultado padecemos los efectos de una maquinaria poderosa que machaca la vida de centenares de miles de ciudadanos (más de 4 millones entre niños, madres, padres, abuelos, familias extensas, segundas parejas, etc, etc..) destruyendo los lazos familiares entre ellos; una maquinaria que empuja al conflicto, que lo alimenta y desprotege el verdadero “favor filii).
POR ESO SALIMOS A LA CALLE EN MADRID EL PRÓXIMOS 5 DE OCTUBRE, PARA DECIR BASTA YA A LOS ABUSOS DEL SISTEMA, PARA EXIGIR QUE SE PROTEJAN OS DERECHOS DE NUESTROS HIJOS.
QUEREMOS UNA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA YA, UNA LEY QUE RECONOZCA COMO IGUALES A HOMBRES Y MUJERES, QUE PROTEJA EL DERECHO DE LOS NIÑOS A SEGUIR SIENDO CUIDADO POR AMBOS PROGENITORES TRAS EL DIVORCIO.
QUE SE TERMINE CON LA MANIPULACION DE LOS MENORES Y SE DEJEN DE USAR COMO MONEDA DE CAMBIO.
QUE SE POTENCIE LA MEDIACIÓN FAMILIAR COMO EL MECANISMO MÁS APROPIADO PARA FAVORECER EL DIALOGO PROMOVER EL ENTENDIMIENTO ENTRE LOS PROGENITORES, REDUCIENDO LA CONFLICTIVIDAD Y LA JUDICIALIZACIÓN DE LA VIDA DE LOS MENORES.
¡¡ UNIDOS POR LA CUSTODIA COMPARTIDA !!
(ANEXO FINAL)*
1.- Desórdenes de conducta, abandono del hogar, abandono escolar y abuso de sustancias
* el 85% de los niños con trastornos del comportamiento proceden de hogares sin padre (Fuente: Center for Disease Control)
* el 90% de los niños sin hogar y fugados del hogar proceden de hogares sin padre (Fuente: U.S. Department of Health and Human Services, Bureau of the Census).
* el 71% de los abandonos escolares en enseñanza secundaria corresponden a niños procedentes de hogares sin padre (Fuente: National Principals Association Report on the State of High Schools).
* los alumnos procedentes de familias divorciadas muestran mayores niveles de distracción, ansiedad, hostilidad y abandono, y están menos integrados con sus compañeros que los procedentes de familias intactas (Fuente: One-Parent Families and Their Children: The School's Most Significant Minority. The Consortium for the Study of School Needs of Children from One-Parent Families. National Association of elementary School Principals and the Institute for Development of Educational Activities, a division of the Charles f. Kettering Foundation. Arlington, VA 1980.)
* el 75% de los pacientes adolescentes atendidos en centros para el tratamiento del abuso de sustancias químicas procede de hogares sin padre (Fuente: Rainbows for all God's Children).
* Según el Departamento de Salud y Servicios Sociales de los EE.UU., "los niños sin padre corren un riesgo drásticamente mayor de abuso de drogas y alcohol" (Fuente: U.S. Department of Health and Human Services. National Center for Health Statistics. Survey on Child Health. Washington, DC, 1993).
* los niños que crecen en hogares monoparentales corren un riesgo significativamente mayor de abuso de drogas en la adolescencia (Fuente: Denton, Rhonda E. and Charlene M. Kampfe. "The relationship Between Family Variables and Adolescent Substance Abuse: A literature Review." Adolescence 114 (1994): 475-495.)
2.- Delincuencia juvenil, crimen y participacion en 'bandas urbanas'. Embarazos prematuros
* el 80% de los violadores movidos por resentimientos latentes proceden de hogares sin padre (Fuente: Criminal Justice & Behavior, Vol 14, p. 403-26, 1978).
* el 70% de los menores internados en instituciones estatales proceden de hogares sin padre (Fuente: U.S. Dept. of Justice, Special Report, Sept 1988).
* el 85% de los jóvenes recluidos en centros penitenciarios crecieron en hogares sin padre (Fuente: Fulton Co. Georgia jail populations, Texas Dept. of Corrections 1992).
* Las niñas que crecen en familias monoparentales tienen más probabilidades de quedar embarazadas en la adolescencia que las que crecen con ambos progenitores (Fuente: Source: U.S. Department of Health and Human Services. National Center for Health Statistics. National Health Interview Survey. Hyattsville, MD 1988.)
3.- Suicidio juvenil e infantil en los EE.UU. durante los últimos decenios
* el 63 por ciento de los suicidas jóvenes proceden de hogares sin padre (Fuente: United States Department of Health and Human Services (Departamento de Salud y Servicios Sociales de los Estados Unidos), Oficina del Censo). Suicidios en los Estados Unidos, 1997 (United States Department of Health and Human Services.
REFERENCIAS DE OTROS PAISES EN EL OTORGAMIENTO DE CUSTODIAS:
FRANCIA
En marzo de 2002, impulsada por la ministra de la Familia y la Infancia, Segolène Royal, fue aprobada en Francia la CUSTODIA COMPARTIDA.
En palabras de la ministra:
- "Las expectativas de un niño respecto de sus padres no deben depender del vínculo de la pareja".
- "Cada hijo tiene el derecho a ser educado por su padre y por su madre, con independencia de la situación familiar... Hay que reafirmar el papel del padre cuando está marginado por el divorcio".
- "No es necesario seguir siendo pareja para seguir siendo padre y madre al cien por cien".
- "La fórmula de compartir el tiempo del hijo entre sus dos padres a partes iguales, según un ritmo general de una semana cada dos, es la que mejor puede responder a las necesidades del niño".
El texto de la ley francesa estipula que: "la residencia del niño podrá fijarse en el domicilio de cada uno de los progenitores, con carácter alterno, o en el domicilio de uno de ellos.
Si uno de los progenitores lo solicita, o en caso de desacuerdo entre ambos respecto al modo de residencia del niño, el juez podrá ordenar con carácter provisional una residencia alterna durante un plazo determinado. Al término de este plazo, el juez emitirá un fallo definitivo sobre la residencia alterna del niño en el domicilio de cada uno de los progenitores o la residencia en el domicilio de uno de ellos."
Igualmente: "En caso de desacuerdo, el juez tratará de conciliar a las partes. Al efecto de facilitar la búsqueda por los progenitores de un ejercicio consensuado de la patria potestad, el juez podrá proponerles una solución de mediación y, tras haber obtenido su conformidad, designar un mediador familiar al efecto.
Asimismo, podrá ordenarles que se dirijan a un mediador familiar para que les informe sobre el objeto y el desarrollo de esta medida."
ESTADOS UNIDOS
En Estados Unidos, la CUSTODIA COMPARTIDA es la fórmula adoptada como presunción inicial en casi todas las legislaciones sobre divorcio de los distintos estados.
La política común que inspira las legislaciones estadounidenses más progresistas sobre divorcio se basa en:
EL DERECHO FUNDAMENTAL DEL NIÑO A MANTENER CON AMBOS PROGENITORES UN NIVEL SIMILAR DE CONTACTO AL EXISTENTE ANTES DE LA RUPTURA DEL MATRIMONIO.
Aparte de la CUSTODIA COMPARTIDA O CONJUNTA, esa política se plasma también en el denominado "PRINCIPIO DEL PROGENITOR MÁS GENEROSO", según el cual:
En los casos en que se haya de otorgar la custodia en exclusiva, será factor determinante para asignarla a uno u otro de los progenitores LA CAPACIDAD RESPECTIVA QUE CADA UNO DE ELLOS MUESTRE PARA FAVORECER EL CONTACTO SIGNIFICATIVO Y CONTINUO DEL NIÑO CON EL OTRO PROGENITOR.
Ya en 1990, los porcentajes de CUSTODIA FÍSICA CONJUNTA se situaban entre el 30 y el 50 por ciento en algunos estados:
- Connecticut (36,4 %)
- Idaho (33,2 %)
- Kansas (43,6 %)
- Montana (44,0 %)
- Rhode Island (31,7 %)
Estos son algunos de los párrafos más significativos de la legislación sobre divorcio y custodia en los Estados en que es práctica habitual la CUSTODIA COMPARTIDA:
- MAINE
- "El Parlamento declara que es política pública fomentar la resolución de los litigios entre los progenitores a través de la mediación, en aras del mejor interés del niño."
- "El Parlamento considera y declara que es política pública de este Estado garantizar a los hijos menores el contacto frecuente y continuo con ambos progenitores tras la separación o el divorcio de éstos."
- "Al determinar los derechos y responsabilidades parentales, el tribunal no podrá conceder preferencia a uno de los progenitores respecto del otro debido al sexo de ese progenitor o a la edad o el sexo del hijo."
- "Si uno de los progenitores o ambos solicitan la atención residencial primaria compartida (CUSTODIA COMPARTIDA) y el tribunal no la concede, el tribunal deberá exponer en su decisión las razones por las que la atención residencial primaria compartida no coincide con el mejor interés del niño."
- CALIFORNIA
- "Es política pública de este Estado garantizar a los hijos el contacto frecuente y continuo con ambos progenitores tras la separación de éstos o la ruptura de su matrimonio, o tras el final de su relación, y alentar a los progenitores a compartir los derechos y responsabilidades de la crianza de los hijos para llevar a efecto esta política."
- "La custodia deberá concederse por el siguiente orden de preferencia, según el mejor interés del niño:
1) A ambos progenitores conjuntamente.
2) A cualquiera de ellos. Al dictar una orden de concesión de la custodia a uno de los progenitores, el tribunal deberá tener en cuenta, entre otros factores, cuál de los dos progenitores permitirá, con mayor probabilidad, el contacto frecuente y continuo del niño con el progenitor no custodio, y no dará preferencia a uno de los progenitores como custodio por razón de sexo."
- "Existe la presunción, salvo prueba en contrario, de que la CUSTODIA COMPARTIDA coincide con el mejor interés del niño".
- LOUISIANA
- "Si ambos progenitores reclaman la custodia, ésta se concederá, según el siguiente orden de preferencia:
1) A ambos progenitores conjuntamente.
2) A cualquiera de los progenitores. En este caso, el tribunal deberá tener en cuenta cuál de los progenitores permitirá, con mayor probabilidad, el contacto frecuente y continuo del hijo con el progenitor no custodio, y no dará preferencia como custodio a ninguno de los progenitores por razón de su sexo o raza.
La carga de la prueba de que la CUSTODIA COMPARTIDA no coincide con el mejor interés del niño recaerá en el progenitor que solicite la custodia exclusiva."
- "Existirá una presunción de derecho de que la CUSTODIA COMPARTIDA coincide con el mejor interés del niño."
- IOWA
- "El tribunal considera la denegación por uno de los progenitores del contacto máximo y constante del niño con el otro progenitor sin causa justificada como un factor significativo para determinar el régimen de custodia."
- "En caso de que no otorgue la CUSTODIA COMPARTIDA, el tribunal deberá citar pruebas claras y convincentes por las que la CUSTODIA COMPARTIDA carece de fundamento y no redunda en el mejor interés del niño."
- OKLAHOMA
- "En caso de que uno de los progenitores lo solicite, el tribunal proporcionará a ambos progenitores un acceso sustancialmente igual al hijo menor de edad, a menos que considere que tal régimen de coparentalidad resultará perjudicial para los hijos. La carga de la prueba de que tal régimen de coparentalidad es perjudicial para el niño recaerá en el progenitor que solicite la custodia exclusiva."
- KANSAS
- "En ningún caso se considerará que uno de los progenitores tiene derechos adquiridos respecto de la custodia o residencia de un hijo en perjuicio del otro progenitor, CON INDEPENDENCIA DE LA EDAD DEL NIÑO, Y NO EXISTIRÁ PRESUNCIÓN DE QUE LA ADJUDICACIÓN DE LA CUSTODIA O RESIDENCIA A LA MADRE COINCIDE CON EL MEJOR INTERÉS DEL NIÑO MENOR DE UN AÑO O DEL NIÑO DE CORTA EDAD."
- MISSOURI
- A la hora de establecer la custodia de los hijos, tendrá prioridad la posibilidad de la CUSTODIA COMPARTIDA.
- "No se podrá otorgar preferencia a ninguno de los progenitores de un niño en la concesión de la custodia por motivos de la edad, el sexo o la situación financiera de ese progenitor, ni en función de la edad o el sexo del niño."
- ALASKA
- "En una determinación de custodia, el tribunal establecerá un régimen de visitas en favor de un abuelo u otra persona si ello coincide con el mejor interés del niño".
- "Ninguno de los progenitores tendrá preferencia a efectos de la adjudicación de la custodia."
- NEVADA
- "Si el tribunal considera que la CUSTODIA COMPARTIDA coincide con el mejor interés del niño, podrá conceder la custodia a las partes conjuntamente."
- "No se otorgará preferencia a ninguno de los progenitores por la sola razón de que sea la madre o el padre del niño."
- MONTANA
- "La custodia se otorgará según el siguiente orden de prioridades:
1) A ambos progenitores conjuntamente.
2) A cualquiera de los progenitores, en cuyo caso, el tribunal tendrá en cuenta cuál de los progenitores permitirá, con mayor probabilidad, que el niño mantenga contacto frecuente y continuo con el progenitor no custodio, y no podrá establecer preferencia a favor de uno de los padres como custodio por razón de su sexo."
- "Por "custodia conjunta" se entenderá una orden que conceda la custodia del hijo menor a ambos progenitores y establezca que la custodia y la residencia físicas del niño se repartirán entre los progenitores de forma que se garantice al niño un contacto frecuente y continuo con ambos progenitores. La distribución del tiempo de convivencia entre los progenitores deberá ser lo más equitativa posible."
- "La objeción a la custodia conjunta por un progenitor que trate de obtener la custodia exclusiva no es base suficiente para considerar que la custodia conjunta no coincide con el mejor interés del niño, como tampoco lo es la constatación de que exista hostilidad entre los progenitores."
- WISCONSIN
- "El tribunal establecerá un calendario de residencia que permita al niño disfrutar de períodos regulares y significativos de convivencia física con cada uno de los progenitores y establezca en el nivel máximo posible la cantidad de tiempo que el niño puede pasar con cada progenitor, teniendo en cuenta la separación geográfica y la ubicación de los distintos hogares."
- "El tribunal no podrá otorgar preferencia a uno de los progenitores o potencial custodio sobre el otro por razón de su sexo o raza."
- TEXAS
- El Código de Familia de Texas, delimita con gran prolijidad y detalle el tiempo de convivencia del niño con cada progenitor. Según estimaciones del comité de la Cámara encargado de su redacción, el tiempo mínimo de convivencia que puede ordenar un juez sobre la base de esta legislación representa el 42 % de cada periodo anual, a reserva de distribuciones aún más equitativas impuestas por el juez o previstas en el acuerdo suscrito por los padres.
- "Existe la presunción de derecho de que el nombramiento de ambos progenitores para ejercer la custodia conjunta coincide con el mejor interés del niño."
- Falsas acusaciones de maltrato infantil:
- "Si una parte realiza, en el curso del procedimiento, una acusación de maltrato infantil contra la otra parte, a sabiendas de que su acusación carece de fundamento, el tribunal considerará la acusación como deliberadamente falsa."
- "Las pruebas de falsas acusaciones de maltrato infantil son admisibles en un procedimiento entre las partes interesadas a efectos de las condiciones de la custodia del niño."
Similares disposiciones a las anteriores se incluyen en las legislaciones de los siguientes Estados: Idaho, Illinois, Pensilvania, Mississipi, Florida, Alabama, Michigan...
Hotel Arturo Norte, 2 de octubre de 2008.
Rueda de Prensa: Colectivo Unidos por la Custodia Compartida
El próximo domingo, 5 de octubre de 2008, bajo la denominación común de UNIDOS POR LA CUSTODIA COMPARTIDA, el colectivo de Madres y Padres Separados saldrá a la calle a reivindicar el derecho fundamental de los niños para desarrollarse, manteniendo los mismos vínculos con ambos progenitores.
En nuestro país, las últimas modificaciones legislativas en materia civil y penal, además de crear nuevos escenarios de extrema conflictividad y violencia, han propiciado la semiorfandad de la mayor parte de la población infantil inmersa en los contextos de separaciones y divorcios, impidiendo una evolución de las resoluciones judiciales en esta materia, verdaderamente acorde con los modelos sociales y el reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares.
Son pocos los estudios realizados en España sobre las consecuencias que generan en los niños, modelos de divorcio que sistemáticamente otorgan custodias monoparentales. Por ello, para conseguir datos hay que acudir a los estudios realizados en el mundo anglosajón, de donde hemos importado los patrones sociales y los modelos políticos, que en muchos de ellos ya están totalmente superados, ante la evidencia de sus consecuencias.
De España, es interesante leer las conclusiones del Informe Arce-Fariñas-Seijo , sobre los razonamientos judiciales en los procesos de separación, en el que tras una investigación sistemática y profunda del contenido de 783 sentencias obtenidas de forma aleatoria del todo el territorio nacional, se evidenció que las decisiones judiciales en el establecimiento de la guarda y custodia así como el régimen de visitas se tomaban de forma estereotipada, estableciendo la madre como progenitor custodio en un porcentaje superior al 90% de los casos y demostrando que el 57,3% de las sentencias no estaban motivadas en criterio alguno. Esto, al tiempo que se descubría que los criterios de motivación no eran siempre válidos; los criterios de decisión no eran consistentes intergénero del padre custodio, y que en los procedimientos la información se "orientaba a la tarea" y a la "exclusión de la información contraria a la decisión alcanzada".
Según datos del INE se viene produciendo, desde la modificación del código civil que introdujo el divorcio Express, un aumento en las tasas de divorcio. Cada año se producen alrededor de 140.000 divorcios y separaciones. Alrededor de 97.000 niños cada año se enfrentan a este proceso de sus progenitores. De la misma fuente así como del CGPJ, se ha señalado que el índice de contenciosidad se ha disparado del 35% en el 2006 hasta el 41% en el 2007.
Con estos mimbres estamos creando una infancia que está perdiendo la referencia de uno de sus progenitores, (mayoritariamente, como hemos visto, la del progenitor paterno). Los tristemente llamados regimenes de visita que se establecen a favor del progenitor no custodio, habitualmente fines de semana alternos, provocan un desarraigo afectivo-emocional que según los expertos tiene graves consecuencias en el desarrollo posterior de esta infancia. Desde la perspectiva de estos progenitores es difícil participar activamente en el proceso madurativo de sus hijos con apenas 4 días por mes.
Además se produce una segunda derivada como consecuencia de esas decisiones judiciales: el alejamiento de la familia extensa del progenitor no custodio, es decir, tios, primos, abuelos y demás familia paterna. Abuelos que en muchos casos han sido los verdaderos sostenedores de las dinámicas socio-familiares actuales, ya que al trabajar ambos progenitores y con horarios que no siempre permiten conciliar su vida laboral y familiar, han tenido que recurrir a los abuelos como cuidadores de los menores.
Partiendo de estos datos, podemos ver que consecuencias va a tener esto en la infancia inmersa en estos procedimientos.
De los estudios realizados en el mundo anglosajón podemos extraer las siguientes conclusiones resumen:
Según el U.S.A. Department of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y relación con su padre, son:
§ 5 veces más propensos a cometer suicidio.
§ 32 veces más propensos a irse de casa.
§ 20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
§ 14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
§ 9 veces más propensos a abandonar los estudios.
§ 10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
§ 20 veces más propensos a acabar en prisión.
El problema de la ausencia del padre se ha estudiado en otros países de modo muy directo a través de los centro de protección de la infancia y otras instituciones, en particular:
* hospitales para el tratamiento de la drogadicción y el alcoholismo en los jóvenes* servicios de salud pública para el tratamiento de los trastornos de la conducta* centros de enseñanza primaria y secundaria* universidades (para comprobar las tasas de abandono)* archivos policiales (sobre pertenencia a bandas urbanas y actividad delictiva)* servicios públicos de salud (que atienden casos de embarazos precoces)
Estudios sobre las consecuencias que tiene, a medio y largo plazo, el apartar al padre de la vida de los afectados. (ver anexo final)*
Además no podemos obviar otros datos significativos:
El maltrato a niños en las nuevas estructuras familiares (creadas después de la ley de divorcio de 1981)
Según datos del Centro de Reina Sofia para el estudio de la violencia y del INE, los porcentajes de maltrato infantil correspondientes a los distintos tipos de famlia en la sociedad española (1997-1998), en comparación con las familias tradicionales eran: 16,9 veces más frecuentes en familias monoparentales y 4,6 veces más frecuentes en familias reconstituidas.
Los 4 tipos de maltrato infantil que se recogen en los estudios internacionales son: Negligencia, Abuso físico, Abuso sexual y Abuso emocional.
El mismo Centro Reina Sofía, con datos del 2001 atendiendo a esta metodología, y sin tomar en consideración el estado civil de los progenitores (es decir, en la población en general) presentaba que un 52,5% de las madres biológicas eran las agresoras (maltrato global), frente a un 35,8% de los padres biológicos.
Idénticos porcentajes recogía Save the Children, en un trabajo que realizó sobre los niños y niñas victimas de violencia de género, cuando analizaba el parentesco de los agresores con las víctimas de maltrato infantil.
Estamos participando en uno de los ataques más brutales al desarrollo de nuestra infancia, olvidándonos de los principios recogidos en la Convención de los Derechos de los Niños de Naciones Unidas (artículos 3-5-8-9-18-19), a cuyos postulados se adhirió España; lo que nos lleva a hablar de auténtico maltrato institucional hacia los menores, definiendo éste como el derivado de cualquier legislación, programa, procedimiento, actuación u omisión de los poderes públicos que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos del niño.
Es imperativo por tanto adoptar modelos de coparentalidad que permitan relacionarse a los menores con ambos progenitores en igualdad, que no diferencien entre progenitores de primera y de segunda, que respeten las responsabilidades, derechos y deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia amplia, para que el niño pueda ejercer los derechos que tiene reconocidos internacionalmente (art.5 Convención de los Derechos de los Niños).
Ante este panorama exigimos al gobierno la modificación de la Ley de Divorcio de 2005, que si bien simplificaba los mecanismos de ruptura de las parejas, cuando han decidido poner fin a su proyecto común de vida, ha fracasado totalmente en la regulación del reparto de las responsabilidades respecto a los hijos de las mismas.
Es en este punto donde pedimos que se redacte de nuevo el artículo 92 del Código Civil y se establezca la custodia compartida como modelo preferente, dejando como excepción la custodia exclusiva, justamente al revés de lo que ocurre en realidad.
Este modelo, con diferentes denominaciones, es el que impera en los países de nuestro entorno: Francia, Italia, Suecia, Alemania, Dinamarca, Portugal, una gran mayoría de los Estados de USA, y en otros, teóricamente menos desarrollados como Brasil, o recientemente Perú.
En la actualidad, el Parlamento de Cataluña debate un proyecto de ley, dentro del nuevo código de familia, que contempla la custodia compartida como la opción más positiva para el menor, y cuya concesión no se hace depender del informe del fiscal, ni del acuerdo y buena relación entre los progenitores.
Esto producirá un agravio comparativo intolerable entre los derechos de los menores de Cataluña y los del resto de los niños españoles. Por ello demandamos la modificación del código civil español en este punto.
Muy recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha emitido dos sentencias donde desgrana los beneficios de la Custodia Compartida en los menores inmersos en estas rupturas, de donde cabe destacar afirmaciones tan categóricas como:
“la llamada -custodia compartida- o conjunta por ambos progenitores presenta indudables ventajas para la evolución y desarrollo del niño en las situaciones de conflicto familiar producido por la ruptura matrimonial, en la medida en que evita la aparición de los “conflictos de lealtades” de los menores para con sus padres, favorece la comunicación de éstos entre sí, aunque no sirva para disminuir las diferencias entre ellos”
“ayuda a concebir el reparto equilibrado de cargas derivadas de la relación paterno filial como algo consustancial y natural, y no como algo eventual o accidental, favoreciendo la implantación en los hijos de la idea de la igualdad de sexos”.
“a) se garantiza a los hijos la posibilidad de disfrutar de la presencia de ambos progenitores, pese a la ruptura de las relaciones de pareja, siendo tal presencia similar de ambas figuras parentales y constituye el modelo de convivencia que más se acerca a la forma de vivir de los hijos durante la convivencia de pareja de sus padres, por lo que la ruptura resulta menos traumática;
b) se evitan determinados sentimientos negativos en los menores, entre los cuales cabe relacionar los siguientes: miedo al abandono; sentimiento de lealtad; sentimiento de culpa; sentimiento de negación; sentimiento de suplantación; etc.,
c) se fomenta una actitud más abierta de los hijos hacia la separación de los padres que permite una mayor aceptación del nuevo contexto y se evitan situaciones de manipulación consciente o inconsciente por parte de los padres frente a los hijos;
e) se garantiza a los padres la posibilidad de seguir ejerciendo sus derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, evitando, así, el sentimiento de pérdida que tiene el progenitor cuando se atribuye la custodia al otro progenitor y la desmotivación que se deriva cuando debe abonarse la pensión de alimentos, consiguiendo, además, con ello, una mayor concienciación de ambos en la necesidad de contribuir a los gastos de los hijos;
f) no se cuestiona la idoneidad de ninguno de los progenitores;
g) hay una equiparación entre ambos progenitores en cuanto a tiempo libre para su vida personal y profesional, con lo que se evitan de esta manera dinámicas de dependencia en la relación con los hijos, pues en ocasiones el dolor y vacío que produce una separación se tiende a suplir con la compañía del hijo o hija que se convierte así en la única razón de vivir de un progenitor;
h) los padres han de cooperar necesariamente, por lo que el sistema de guarda compartida favorece la adopción de acuerdos, lo que se convierte asimismo en un modelo educativo de conducta para el menor.”
Además, la custodia compartida es una política de verdadera igualdad entre mujeres y hombres, una política de progreso, de conciliación de la vida laboral y familiar, favoreciendo la transformación definitiva de la sociedad y de los viejos clichés acerca de los roles femenino y masculino.
Si criticamos la ley actual es porque ha generado un aumento de la contenciosidad, (hasta el 41% de los procedimientos), es el caldo de cultivo del sometimiento de los menores a un conflicto de lealtades por manipulación de los mismos, a través de provocar interferencias en la relación afectiva del menor respecto a uno de los progenitores, alienando dicha figura. (Según los expertos, más de 20.000 niños al año, padecen este maltrato emocional al utilizarse como arma arrojadiza contra el otro progenitor).
Por otra parte no debemos dejar de señalar que es una ley generadora de denuncias falsas, como ha señalado públicamente el Consejo General de la Abogacía Española, la Asociación Independiente de la Guardia Civil, y ha referido el propio Tribunal Supremo.
No podemos admitir la quiebra del estado de derecho que provoca lo hasta aquí expuesto, los ciudadanos han perdido la confianza en los poderes del Estado. En los máximos órganos judiciales observan un alto grado de politización y la capacidad de manipulación de determinados grupos de presión.
El ciudadano de a pie, percibe que se ha quebrado el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley (art. 14 de la CE), en contra del estado de derecho y de los valores democráticos por excelencia, validando una discriminación por razón de sexo que ha sido considerada constitucional.
Estamos acudiendo al descrédito de los jueces y de los profesionales que intervienen en los procesos de familia. Estos últimos actuando, en muchas ocasiones, con perjuicios aprioristicos contrarios al interés del menor, sin protocolos ni metodología unificada, sin aportar validez científica a sus criterios, fruto de lo cual fue abierta una investigación por el Defensor del Pueblo. Recordemos el dato que el 57% de las sentencias de atribución de guarda y custodia carecen de motivación alguna.
Desconfiamos de la clase política y de nuestros gobernantes, por hacer leyes contrarias al interés de los ciudadanos y fundamentalmente, a los derechos de los niños. La reforma de la Ley de Divorcio del 2005 fue adulterado en la fase de tramitación parlamentaria por la entrada en escena de poderosos grupos de presión que, desde el feminismo más conservador, quisieron cargarse la custodia compartida. La ex diputada de ERC, Rosa Mª Bonás, reconoció que se rebajaron los objetivos de la ley por la presión de estos grupos: “Pretendíamos abrir más la custodia de los hijos a los padres, pero nos dio pánico porque algunas feministas dijeron que lo que queríamos era favorecer a los maltratadores”.
Tras la aprobación de dicha ley, (con la supuesta equivocación de la orientación del voto socialista en el Congreso), el exministro López Aguilar se comprometió a rectificar y subsanar sus errores. Ni López Aguilar ni el Sr. Bermejo han rectificado aún una Ley que, cuando menos, fue resultado de un “error”.
Como resultado padecemos los efectos de una maquinaria poderosa que machaca la vida de centenares de miles de ciudadanos (más de 4 millones entre niños, madres, padres, abuelos, familias extensas, segundas parejas, etc, etc..) destruyendo los lazos familiares entre ellos; una maquinaria que empuja al conflicto, que lo alimenta y desprotege el verdadero “favor filii).
POR ESO SALIMOS A LA CALLE EN MADRID EL PRÓXIMOS 5 DE OCTUBRE, PARA DECIR BASTA YA A LOS ABUSOS DEL SISTEMA, PARA EXIGIR QUE SE PROTEJAN OS DERECHOS DE NUESTROS HIJOS.
QUEREMOS UNA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA YA, UNA LEY QUE RECONOZCA COMO IGUALES A HOMBRES Y MUJERES, QUE PROTEJA EL DERECHO DE LOS NIÑOS A SEGUIR SIENDO CUIDADO POR AMBOS PROGENITORES TRAS EL DIVORCIO.
QUE SE TERMINE CON LA MANIPULACION DE LOS MENORES Y SE DEJEN DE USAR COMO MONEDA DE CAMBIO.
QUE SE POTENCIE LA MEDIACIÓN FAMILIAR COMO EL MECANISMO MÁS APROPIADO PARA FAVORECER EL DIALOGO PROMOVER EL ENTENDIMIENTO ENTRE LOS PROGENITORES, REDUCIENDO LA CONFLICTIVIDAD Y LA JUDICIALIZACIÓN DE LA VIDA DE LOS MENORES.
¡¡ UNIDOS POR LA CUSTODIA COMPARTIDA !!
(ANEXO FINAL)*
1.- Desórdenes de conducta, abandono del hogar, abandono escolar y abuso de sustancias
* el 85% de los niños con trastornos del comportamiento proceden de hogares sin padre (Fuente: Center for Disease Control)
* el 90% de los niños sin hogar y fugados del hogar proceden de hogares sin padre (Fuente: U.S. Department of Health and Human Services, Bureau of the Census).
* el 71% de los abandonos escolares en enseñanza secundaria corresponden a niños procedentes de hogares sin padre (Fuente: National Principals Association Report on the State of High Schools).
* los alumnos procedentes de familias divorciadas muestran mayores niveles de distracción, ansiedad, hostilidad y abandono, y están menos integrados con sus compañeros que los procedentes de familias intactas (Fuente: One-Parent Families and Their Children: The School's Most Significant Minority. The Consortium for the Study of School Needs of Children from One-Parent Families. National Association of elementary School Principals and the Institute for Development of Educational Activities, a division of the Charles f. Kettering Foundation. Arlington, VA 1980.)
* el 75% de los pacientes adolescentes atendidos en centros para el tratamiento del abuso de sustancias químicas procede de hogares sin padre (Fuente: Rainbows for all God's Children).
* Según el Departamento de Salud y Servicios Sociales de los EE.UU., "los niños sin padre corren un riesgo drásticamente mayor de abuso de drogas y alcohol" (Fuente: U.S. Department of Health and Human Services. National Center for Health Statistics. Survey on Child Health. Washington, DC, 1993).
* los niños que crecen en hogares monoparentales corren un riesgo significativamente mayor de abuso de drogas en la adolescencia (Fuente: Denton, Rhonda E. and Charlene M. Kampfe. "The relationship Between Family Variables and Adolescent Substance Abuse: A literature Review." Adolescence 114 (1994): 475-495.)
2.- Delincuencia juvenil, crimen y participacion en 'bandas urbanas'. Embarazos prematuros
* el 80% de los violadores movidos por resentimientos latentes proceden de hogares sin padre (Fuente: Criminal Justice & Behavior, Vol 14, p. 403-26, 1978).
* el 70% de los menores internados en instituciones estatales proceden de hogares sin padre (Fuente: U.S. Dept. of Justice, Special Report, Sept 1988).
* el 85% de los jóvenes recluidos en centros penitenciarios crecieron en hogares sin padre (Fuente: Fulton Co. Georgia jail populations, Texas Dept. of Corrections 1992).
* Las niñas que crecen en familias monoparentales tienen más probabilidades de quedar embarazadas en la adolescencia que las que crecen con ambos progenitores (Fuente: Source: U.S. Department of Health and Human Services. National Center for Health Statistics. National Health Interview Survey. Hyattsville, MD 1988.)
3.- Suicidio juvenil e infantil en los EE.UU. durante los últimos decenios
* el 63 por ciento de los suicidas jóvenes proceden de hogares sin padre (Fuente: United States Department of Health and Human Services (Departamento de Salud y Servicios Sociales de los Estados Unidos), Oficina del Censo). Suicidios en los Estados Unidos, 1997 (United States Department of Health and Human Services.
REFERENCIAS DE OTROS PAISES EN EL OTORGAMIENTO DE CUSTODIAS:
FRANCIA
En marzo de 2002, impulsada por la ministra de la Familia y la Infancia, Segolène Royal, fue aprobada en Francia la CUSTODIA COMPARTIDA.
En palabras de la ministra:
- "Las expectativas de un niño respecto de sus padres no deben depender del vínculo de la pareja".
- "Cada hijo tiene el derecho a ser educado por su padre y por su madre, con independencia de la situación familiar... Hay que reafirmar el papel del padre cuando está marginado por el divorcio".
- "No es necesario seguir siendo pareja para seguir siendo padre y madre al cien por cien".
- "La fórmula de compartir el tiempo del hijo entre sus dos padres a partes iguales, según un ritmo general de una semana cada dos, es la que mejor puede responder a las necesidades del niño".
El texto de la ley francesa estipula que: "la residencia del niño podrá fijarse en el domicilio de cada uno de los progenitores, con carácter alterno, o en el domicilio de uno de ellos.
Si uno de los progenitores lo solicita, o en caso de desacuerdo entre ambos respecto al modo de residencia del niño, el juez podrá ordenar con carácter provisional una residencia alterna durante un plazo determinado. Al término de este plazo, el juez emitirá un fallo definitivo sobre la residencia alterna del niño en el domicilio de cada uno de los progenitores o la residencia en el domicilio de uno de ellos."
Igualmente: "En caso de desacuerdo, el juez tratará de conciliar a las partes. Al efecto de facilitar la búsqueda por los progenitores de un ejercicio consensuado de la patria potestad, el juez podrá proponerles una solución de mediación y, tras haber obtenido su conformidad, designar un mediador familiar al efecto.
Asimismo, podrá ordenarles que se dirijan a un mediador familiar para que les informe sobre el objeto y el desarrollo de esta medida."
ESTADOS UNIDOS
En Estados Unidos, la CUSTODIA COMPARTIDA es la fórmula adoptada como presunción inicial en casi todas las legislaciones sobre divorcio de los distintos estados.
La política común que inspira las legislaciones estadounidenses más progresistas sobre divorcio se basa en:
EL DERECHO FUNDAMENTAL DEL NIÑO A MANTENER CON AMBOS PROGENITORES UN NIVEL SIMILAR DE CONTACTO AL EXISTENTE ANTES DE LA RUPTURA DEL MATRIMONIO.
Aparte de la CUSTODIA COMPARTIDA O CONJUNTA, esa política se plasma también en el denominado "PRINCIPIO DEL PROGENITOR MÁS GENEROSO", según el cual:
En los casos en que se haya de otorgar la custodia en exclusiva, será factor determinante para asignarla a uno u otro de los progenitores LA CAPACIDAD RESPECTIVA QUE CADA UNO DE ELLOS MUESTRE PARA FAVORECER EL CONTACTO SIGNIFICATIVO Y CONTINUO DEL NIÑO CON EL OTRO PROGENITOR.
Ya en 1990, los porcentajes de CUSTODIA FÍSICA CONJUNTA se situaban entre el 30 y el 50 por ciento en algunos estados:
- Connecticut (36,4 %)
- Idaho (33,2 %)
- Kansas (43,6 %)
- Montana (44,0 %)
- Rhode Island (31,7 %)
Estos son algunos de los párrafos más significativos de la legislación sobre divorcio y custodia en los Estados en que es práctica habitual la CUSTODIA COMPARTIDA:
- MAINE
- "El Parlamento declara que es política pública fomentar la resolución de los litigios entre los progenitores a través de la mediación, en aras del mejor interés del niño."
- "El Parlamento considera y declara que es política pública de este Estado garantizar a los hijos menores el contacto frecuente y continuo con ambos progenitores tras la separación o el divorcio de éstos."
- "Al determinar los derechos y responsabilidades parentales, el tribunal no podrá conceder preferencia a uno de los progenitores respecto del otro debido al sexo de ese progenitor o a la edad o el sexo del hijo."
- "Si uno de los progenitores o ambos solicitan la atención residencial primaria compartida (CUSTODIA COMPARTIDA) y el tribunal no la concede, el tribunal deberá exponer en su decisión las razones por las que la atención residencial primaria compartida no coincide con el mejor interés del niño."
- CALIFORNIA
- "Es política pública de este Estado garantizar a los hijos el contacto frecuente y continuo con ambos progenitores tras la separación de éstos o la ruptura de su matrimonio, o tras el final de su relación, y alentar a los progenitores a compartir los derechos y responsabilidades de la crianza de los hijos para llevar a efecto esta política."
- "La custodia deberá concederse por el siguiente orden de preferencia, según el mejor interés del niño:
1) A ambos progenitores conjuntamente.
2) A cualquiera de ellos. Al dictar una orden de concesión de la custodia a uno de los progenitores, el tribunal deberá tener en cuenta, entre otros factores, cuál de los dos progenitores permitirá, con mayor probabilidad, el contacto frecuente y continuo del niño con el progenitor no custodio, y no dará preferencia a uno de los progenitores como custodio por razón de sexo."
- "Existe la presunción, salvo prueba en contrario, de que la CUSTODIA COMPARTIDA coincide con el mejor interés del niño".
- LOUISIANA
- "Si ambos progenitores reclaman la custodia, ésta se concederá, según el siguiente orden de preferencia:
1) A ambos progenitores conjuntamente.
2) A cualquiera de los progenitores. En este caso, el tribunal deberá tener en cuenta cuál de los progenitores permitirá, con mayor probabilidad, el contacto frecuente y continuo del hijo con el progenitor no custodio, y no dará preferencia como custodio a ninguno de los progenitores por razón de su sexo o raza.
La carga de la prueba de que la CUSTODIA COMPARTIDA no coincide con el mejor interés del niño recaerá en el progenitor que solicite la custodia exclusiva."
- "Existirá una presunción de derecho de que la CUSTODIA COMPARTIDA coincide con el mejor interés del niño."
- IOWA
- "El tribunal considera la denegación por uno de los progenitores del contacto máximo y constante del niño con el otro progenitor sin causa justificada como un factor significativo para determinar el régimen de custodia."
- "En caso de que no otorgue la CUSTODIA COMPARTIDA, el tribunal deberá citar pruebas claras y convincentes por las que la CUSTODIA COMPARTIDA carece de fundamento y no redunda en el mejor interés del niño."
- OKLAHOMA
- "En caso de que uno de los progenitores lo solicite, el tribunal proporcionará a ambos progenitores un acceso sustancialmente igual al hijo menor de edad, a menos que considere que tal régimen de coparentalidad resultará perjudicial para los hijos. La carga de la prueba de que tal régimen de coparentalidad es perjudicial para el niño recaerá en el progenitor que solicite la custodia exclusiva."
- KANSAS
- "En ningún caso se considerará que uno de los progenitores tiene derechos adquiridos respecto de la custodia o residencia de un hijo en perjuicio del otro progenitor, CON INDEPENDENCIA DE LA EDAD DEL NIÑO, Y NO EXISTIRÁ PRESUNCIÓN DE QUE LA ADJUDICACIÓN DE LA CUSTODIA O RESIDENCIA A LA MADRE COINCIDE CON EL MEJOR INTERÉS DEL NIÑO MENOR DE UN AÑO O DEL NIÑO DE CORTA EDAD."
- MISSOURI
- A la hora de establecer la custodia de los hijos, tendrá prioridad la posibilidad de la CUSTODIA COMPARTIDA.
- "No se podrá otorgar preferencia a ninguno de los progenitores de un niño en la concesión de la custodia por motivos de la edad, el sexo o la situación financiera de ese progenitor, ni en función de la edad o el sexo del niño."
- ALASKA
- "En una determinación de custodia, el tribunal establecerá un régimen de visitas en favor de un abuelo u otra persona si ello coincide con el mejor interés del niño".
- "Ninguno de los progenitores tendrá preferencia a efectos de la adjudicación de la custodia."
- NEVADA
- "Si el tribunal considera que la CUSTODIA COMPARTIDA coincide con el mejor interés del niño, podrá conceder la custodia a las partes conjuntamente."
- "No se otorgará preferencia a ninguno de los progenitores por la sola razón de que sea la madre o el padre del niño."
- MONTANA
- "La custodia se otorgará según el siguiente orden de prioridades:
1) A ambos progenitores conjuntamente.
2) A cualquiera de los progenitores, en cuyo caso, el tribunal tendrá en cuenta cuál de los progenitores permitirá, con mayor probabilidad, que el niño mantenga contacto frecuente y continuo con el progenitor no custodio, y no podrá establecer preferencia a favor de uno de los padres como custodio por razón de su sexo."
- "Por "custodia conjunta" se entenderá una orden que conceda la custodia del hijo menor a ambos progenitores y establezca que la custodia y la residencia físicas del niño se repartirán entre los progenitores de forma que se garantice al niño un contacto frecuente y continuo con ambos progenitores. La distribución del tiempo de convivencia entre los progenitores deberá ser lo más equitativa posible."
- "La objeción a la custodia conjunta por un progenitor que trate de obtener la custodia exclusiva no es base suficiente para considerar que la custodia conjunta no coincide con el mejor interés del niño, como tampoco lo es la constatación de que exista hostilidad entre los progenitores."
- WISCONSIN
- "El tribunal establecerá un calendario de residencia que permita al niño disfrutar de períodos regulares y significativos de convivencia física con cada uno de los progenitores y establezca en el nivel máximo posible la cantidad de tiempo que el niño puede pasar con cada progenitor, teniendo en cuenta la separación geográfica y la ubicación de los distintos hogares."
- "El tribunal no podrá otorgar preferencia a uno de los progenitores o potencial custodio sobre el otro por razón de su sexo o raza."
- TEXAS
- El Código de Familia de Texas, delimita con gran prolijidad y detalle el tiempo de convivencia del niño con cada progenitor. Según estimaciones del comité de la Cámara encargado de su redacción, el tiempo mínimo de convivencia que puede ordenar un juez sobre la base de esta legislación representa el 42 % de cada periodo anual, a reserva de distribuciones aún más equitativas impuestas por el juez o previstas en el acuerdo suscrito por los padres.
- "Existe la presunción de derecho de que el nombramiento de ambos progenitores para ejercer la custodia conjunta coincide con el mejor interés del niño."
- Falsas acusaciones de maltrato infantil:
- "Si una parte realiza, en el curso del procedimiento, una acusación de maltrato infantil contra la otra parte, a sabiendas de que su acusación carece de fundamento, el tribunal considerará la acusación como deliberadamente falsa."
- "Las pruebas de falsas acusaciones de maltrato infantil son admisibles en un procedimiento entre las partes interesadas a efectos de las condiciones de la custodia del niño."
Similares disposiciones a las anteriores se incluyen en las legislaciones de los siguientes Estados: Idaho, Illinois, Pensilvania, Mississipi, Florida, Alabama, Michigan...
diumenge, 5 d’octubre del 2008
EiTV - MANIFESTACION CC MADRID 5 OCT 2008
Alrededor de 1.000 personas y más de 30 asociaciones se han manifestado en la capital del Estado para reivindicar la "corresponsabilidad de los padres separados en la educación de sus hijos".
Unas 1.000 personas se manifiestan en Madrid para reivindicar la custodia compartida.
EFE
Alrededor de 1.000 personas pertenecientes al colectivo 'Unidos por la Custodia Compartida', que integra a más de 30 asociaciones de todo el Estado, se han manifestado hoy en el centro de Madrid para reivindicar la "corresponsabilidad de los padres separados en la educación de sus hijos".
La protesta se ha iniciado al mediodía en la plaza de las Cortes con la lectura de varios manifiestos y ha continuado con una marcha por el centro de Madrid, que ha concluido en la Plaza Mayor, y durante la cual se han visto pancartas con lemas como 'Por el derecho de los niños a ser criados por ambos padres, custodia compartida ya' o 'Unidos por la custodia compartida: Igualdad y cooparentalidad', entre otros.
La presidenta de Mujeres por la Igualdad y la Custodia Compartida, Nuria Sauné, se ha mostrado "en contra de las denuncias falsas que existen contra los hombres en los procesos de divorcio" y ha defendido "el derecho de las mujeres a no ser canguros y tener su propia profesión".
Asimismo, ha instado al Gobierno a "tomar nota de lo que esta pasando en Cataluña" donde ya esta en proceso la "ley para la custodia compartida" y la reforma del Código Civil catalán que va a ser "novedosa, arriesgada y valiente como lo están siendo los jueces catalanes".
Asimismo, ha instado al Gobierno a "tomar nota de lo que esta pasando en Cataluña" donde ya esta en proceso la "ley para la custodia compartida" y la reforma del Código Civil catalán que va a ser "novedosa, arriesgada y valiente como lo están siendo los jueces catalanes".
Sauné ha reclamado además que "los niños tengan un regimiento con el padre, con la madre y con ambas familias porque muchos niños dejan de ver a sus padres o a sus abuelos". "Los niños no son los que se divorcian", ha agregado.
Por otro lado, la portavoz de la Plataforma Estatal de Abuelos, Ana Ananda ha defendido su derecho a "disfrutar de sus nietos" porque los niños al nacer ya tienen un "patrimonio adquirido que no son sólo los padres, si no también los abuelos".
TERRA NOTICIAS - MANIFESTACION 5 OCT 2008 MADRID
Unas 3.000 personas, según los organizadores, se han manifestado hoy por las calles de Madrid para pedir al Gobierno que modifique la Ley de Divorcio de 2005 y establezca la custodia compartida como modelo preferente y como mejor manera de salvaguardar los derechos de los menores.
Terra
Unas 3.000 personas se manifiestan en Madrid a favor de custodia compartidaEsta marcha ha sido organizada por el colectivo 'Unidos por la Custodia Compartida' -que agrupa a más de treinta asociaciones españolas- bajo el lema 'Unidos por la Custodia Compartida: Igualdad y Coparentalidad'.
Acompañados de músicos y percusionistas, los manifestantes, entre los que había padres, madres, hijos, y abuelos, han partido de la Plaza de las Cortes al mediodía y han finalizado más de dos horas después en la Plaza Mayor, pasando por la madrileña Puerta del Sol.
En declaraciones a Efe, uno de los portavoces de 'Unidos por la Custodia Compartida', Francisco Palacios, ha explicado que la manifestación ha sido un éxito y durante la marcha 'se ha escuchado ante el Congreso el mensaje no sólo de padres, sino de toda la familia'.
'Esperamos que tomen nota los políticos y se pongan manos a la obra y que la Ley recoja la custodia compartida', ha añadido Palacios.
Al inicio de la concentración se han leído varios manifiestos y, según han informado en una nota de prensa, la coordinadora de la 'Plataforma Feminista por la Custodia Compartida', Assun Pérez, ha exigido que se instaure la custodia compartida 'sin trabas y sin trampas'.
Por su parte, Miquel Angel García, otro portavoz de 'Unidos por la Custodia Compartida', ha dedicado la manifestación a Miguel Angel Salgado, un padre que fue asesinado por unos sicarios presuntamente por encargo de su ex mujer.
Multitud de pancartas con lemas como 'por el derecho de los niños a ser criados por ambos padres, custodia compartida ya' y 'somos cuatro millones. Las familias de los padres separados también votan' han acompañado a los manifestantes, que han coreado frases como 'somos padres, dónde están nuestros hijos'.
Los organizadores critican 'la mala gestión institucional del divorcio', gestión que, en su opinión, 'cada año se salda en nuestro país con más de 20.000 menores con Síndrome de Alienación parental (manipulación del menor que le lleva a rechazar a uno de los progenitores)'.
Entre los que se han adherido a esta manifestación se encuentra la 'Red Estatal de Abuelos por la custodia compartida'.
El objetivo de esta protesta, según explican, es decir 'basta ya a los abusos del sistema y exigir que se proteja el derecho de los niños a seguir siendo cuidados por ambos padres tras la separación de éstos'.
'Queremos una Ley de custodia compartida ya, una Ley que reconozca como iguales a hombres y mujeres y que proteja el derecho de los niños a las relaciones familiares', añade la nota.
Terra
Unas 3.000 personas se manifiestan en Madrid a favor de custodia compartidaEsta marcha ha sido organizada por el colectivo 'Unidos por la Custodia Compartida' -que agrupa a más de treinta asociaciones españolas- bajo el lema 'Unidos por la Custodia Compartida: Igualdad y Coparentalidad'.
Acompañados de músicos y percusionistas, los manifestantes, entre los que había padres, madres, hijos, y abuelos, han partido de la Plaza de las Cortes al mediodía y han finalizado más de dos horas después en la Plaza Mayor, pasando por la madrileña Puerta del Sol.
En declaraciones a Efe, uno de los portavoces de 'Unidos por la Custodia Compartida', Francisco Palacios, ha explicado que la manifestación ha sido un éxito y durante la marcha 'se ha escuchado ante el Congreso el mensaje no sólo de padres, sino de toda la familia'.
'Esperamos que tomen nota los políticos y se pongan manos a la obra y que la Ley recoja la custodia compartida', ha añadido Palacios.
Al inicio de la concentración se han leído varios manifiestos y, según han informado en una nota de prensa, la coordinadora de la 'Plataforma Feminista por la Custodia Compartida', Assun Pérez, ha exigido que se instaure la custodia compartida 'sin trabas y sin trampas'.
Por su parte, Miquel Angel García, otro portavoz de 'Unidos por la Custodia Compartida', ha dedicado la manifestación a Miguel Angel Salgado, un padre que fue asesinado por unos sicarios presuntamente por encargo de su ex mujer.
Multitud de pancartas con lemas como 'por el derecho de los niños a ser criados por ambos padres, custodia compartida ya' y 'somos cuatro millones. Las familias de los padres separados también votan' han acompañado a los manifestantes, que han coreado frases como 'somos padres, dónde están nuestros hijos'.
Los organizadores critican 'la mala gestión institucional del divorcio', gestión que, en su opinión, 'cada año se salda en nuestro país con más de 20.000 menores con Síndrome de Alienación parental (manipulación del menor que le lleva a rechazar a uno de los progenitores)'.
Entre los que se han adherido a esta manifestación se encuentra la 'Red Estatal de Abuelos por la custodia compartida'.
El objetivo de esta protesta, según explican, es decir 'basta ya a los abusos del sistema y exigir que se proteja el derecho de los niños a seguir siendo cuidados por ambos padres tras la separación de éstos'.
'Queremos una Ley de custodia compartida ya, una Ley que reconozca como iguales a hombres y mujeres y que proteja el derecho de los niños a las relaciones familiares', añade la nota.
MANIFESTACION MADRID - A3 - 5 OCT 2008
http://www.antena3noticias.com/PortalA3N/noticia/sociedad/Cientos-padres-manifiestan-favor-custodia-compartida/2734995 (EN EL ENLACE HAY VIDEO)
Cientos de padres se manifiestan en favor de la custodia compartida
El colectivo 'Unidos por la custodia compartida', que agrupa a más de treinta asociaciones de todo el Estado, se ha manifestado para reivindicar la custodia compartida.
Bajo el lema 'Unidos por la custodia compartida: Igualdad y coparentalidad', la manifestación ha partido a las 12 horas de la Plaza de las Cortes, donde se han leído diversos manifiestos. Después, pasando por la Puerta del Sol, el recorrido ha concluido en la Plaza Mayor.
El objetivo de la manifestación es reclamar al Gobierno central que modifique la Ley de Divorcio de 2005 y, siguiendo la senda abierta por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, establezca en todo el Estado la custodia compartida como modelo preferente y como mejor manera de salvaguardar los derechos y el bienestar de los menores.
Cientos de padres se manifiestan en favor de la custodia compartida
El colectivo 'Unidos por la custodia compartida', que agrupa a más de treinta asociaciones de todo el Estado, se ha manifestado para reivindicar la custodia compartida.
Bajo el lema 'Unidos por la custodia compartida: Igualdad y coparentalidad', la manifestación ha partido a las 12 horas de la Plaza de las Cortes, donde se han leído diversos manifiestos. Después, pasando por la Puerta del Sol, el recorrido ha concluido en la Plaza Mayor.
El objetivo de la manifestación es reclamar al Gobierno central que modifique la Ley de Divorcio de 2005 y, siguiendo la senda abierta por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, establezca en todo el Estado la custodia compartida como modelo preferente y como mejor manera de salvaguardar los derechos y el bienestar de los menores.
MANIFESTACION DE MADRID POR LA CC - 5 OCTUBRE 2008
http://www.abc.es/20081005/nacional-sociedad/padres-madres-manifiestan-custodia-20081005.html
ABC
Padres y madres se manifiestan hoy por la custodia compartida
MADRID. Poco más de tres años en vigor y la nueva ley del divorcio, aprobada en 2005, ya tiene opositores y críticos que piden al Gobierno su modernización y cambios en la regulación de las separaciones y los divorcios. No en vano, hoy saldrán a la calle para reivindicar una de sus principales solicitudes: establecer en todo el Estado la custodia compartida de forma preferente para salvaguardar los derechos y el bienestar de los hijos tras la ruptura de la pareja y no otorgar la guarda de los niños a un solo progenitor, como es habitual.
La manifestación sale a las 12 de la mañana desde la Plaza de las Cortes y concluirá en la Plaza Mayor de Madrid. La convocan más de treinta asociaciones agrupadas en el colectivo «Unidos por la custodia compartida» y será el prolegómeno de otra concentración que pretenden celebrar el próximo 30 de noviembre en Barcelona. Todo para defender que «los niños tienen un derecho fundamental al que padres y madres no debemos faltar: el contacto y la relación permanentes con sus progenitores», explica el portavoz de esta plataforma, Francisco Palacios.
Los datos revelan que en España la custodia compartida es una figura puramente anecdótica. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el pasado año sólo en el 9% de las rupturas de pareja (hubo 137.510) se acordó la custodia compartida. En la mayor parte de los casos (89%) la guarda de los hijos se encomendó a la madre y sólo en el 4% al padre.
Unas diferencias que, según Palacios, revelan que la ley del divorcio de 2005 «ha fracasado totalmente en la regulación del reparto de las responsabilidades respecto a los hijos y urge su revisión. Siempre hay un progenitor, el que no tiene la custodia, sometido a un régimen de visitas, lo que provoca un desarraigo afectivo y emocional en el niño, como advierten los expertos. Y al final, uno solo de los padres carga con toda la responsabilidad del desarrollo de los hijos».
Que se conceda por sistema
Por eso, esta plataforma propone que «el juez conceda la custodia compartida por sistema y sólo en casos excepcionales, cuando se demuestre que el padre o la madre están inhabilitados para ejercerla, se conceda a un solo progenitor», añade el portavoz. El colectivo aboga además por la figura de la mediación familiar «como un mecanismo para desjudicializar los conflictos de pareja y crear escenarios de imparcialidad, donde un mediador pueda acercar las posturas de los cónyuges que se separan».
Los primeros pasos ya se han dado en Cataluña. Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de esa Comunidad se manifestó por primera vez a favor de la custodia compartida de los hijos en una sentencia de divorcio, por considerarla beneficiosa para la evolución del niño en casos de ruptura».
ABC
Padres y madres se manifiestan hoy por la custodia compartida
MADRID. Poco más de tres años en vigor y la nueva ley del divorcio, aprobada en 2005, ya tiene opositores y críticos que piden al Gobierno su modernización y cambios en la regulación de las separaciones y los divorcios. No en vano, hoy saldrán a la calle para reivindicar una de sus principales solicitudes: establecer en todo el Estado la custodia compartida de forma preferente para salvaguardar los derechos y el bienestar de los hijos tras la ruptura de la pareja y no otorgar la guarda de los niños a un solo progenitor, como es habitual.
La manifestación sale a las 12 de la mañana desde la Plaza de las Cortes y concluirá en la Plaza Mayor de Madrid. La convocan más de treinta asociaciones agrupadas en el colectivo «Unidos por la custodia compartida» y será el prolegómeno de otra concentración que pretenden celebrar el próximo 30 de noviembre en Barcelona. Todo para defender que «los niños tienen un derecho fundamental al que padres y madres no debemos faltar: el contacto y la relación permanentes con sus progenitores», explica el portavoz de esta plataforma, Francisco Palacios.
Los datos revelan que en España la custodia compartida es una figura puramente anecdótica. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el pasado año sólo en el 9% de las rupturas de pareja (hubo 137.510) se acordó la custodia compartida. En la mayor parte de los casos (89%) la guarda de los hijos se encomendó a la madre y sólo en el 4% al padre.
Unas diferencias que, según Palacios, revelan que la ley del divorcio de 2005 «ha fracasado totalmente en la regulación del reparto de las responsabilidades respecto a los hijos y urge su revisión. Siempre hay un progenitor, el que no tiene la custodia, sometido a un régimen de visitas, lo que provoca un desarraigo afectivo y emocional en el niño, como advierten los expertos. Y al final, uno solo de los padres carga con toda la responsabilidad del desarrollo de los hijos».
Que se conceda por sistema
Por eso, esta plataforma propone que «el juez conceda la custodia compartida por sistema y sólo en casos excepcionales, cuando se demuestre que el padre o la madre están inhabilitados para ejercerla, se conceda a un solo progenitor», añade el portavoz. El colectivo aboga además por la figura de la mediación familiar «como un mecanismo para desjudicializar los conflictos de pareja y crear escenarios de imparcialidad, donde un mediador pueda acercar las posturas de los cónyuges que se separan».
Los primeros pasos ya se han dado en Cataluña. Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de esa Comunidad se manifestó por primera vez a favor de la custodia compartida de los hijos en una sentencia de divorcio, por considerarla beneficiosa para la evolución del niño en casos de ruptura».
dijous, 2 d’octubre del 2008
El abominable fracaso judicial de España - Cristina Tenas Rosell
http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20081002/53552537626.html
Las últimas sentencias del TSJC me llevan a pensar:
¿Cuantas muertes se podrían haber evitado? ¿Cuántos suicidios se podrían haber evitado? ¿Cuántas juventudes truncadas, escolarizaciones problemáticas, psicólogos, forenses, psiquiatras podrían haberse evitado la intervención en la masa social de éste país, si hubiéramos aplicado el sentido común desde el principio?
¿Por qué hemos dejado que el dinero cosifique a las personas, las manipule, condicione su felicidad y su libertad?¿Qué ocurrirá a partir de ahora? Aquellos que hasta la fecha veían inviable la Custodia Compartida ahora la apoyarán por que ya no serán los primeros? ¿Tan difícil era lanzar la primera piedra? ¿Tan miedosos somos? ¿Tan interesados? ¿Tan poco importa el bienestar social? ¿Y ahora? ¿Será lo natural lo que para "ellos" era desaconsejable?
Las últimas sentencias del TSJC me llevan a pensar:
¿Cuantas muertes se podrían haber evitado? ¿Cuántos suicidios se podrían haber evitado? ¿Cuántas juventudes truncadas, escolarizaciones problemáticas, psicólogos, forenses, psiquiatras podrían haberse evitado la intervención en la masa social de éste país, si hubiéramos aplicado el sentido común desde el principio?
¿Por qué hemos dejado que el dinero cosifique a las personas, las manipule, condicione su felicidad y su libertad?¿Qué ocurrirá a partir de ahora? Aquellos que hasta la fecha veían inviable la Custodia Compartida ahora la apoyarán por que ya no serán los primeros? ¿Tan difícil era lanzar la primera piedra? ¿Tan miedosos somos? ¿Tan interesados? ¿Tan poco importa el bienestar social? ¿Y ahora? ¿Será lo natural lo que para "ellos" era desaconsejable?
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